Se registrarán con credencial
Entran en vigor las reformas a la Ley de Movilidad del Estado para las Empresas de Redes de Transporte, tras 10 meses Las aplicaciones tendrán que habilitar un “botón de emergencia” y verificar los antecedentes penales de sus choferes
Casi 10 meses después de su aprobación, entraron en vigor las reformas a la Ley de Movilidad del Estado que, entre otras cosas, obligan a que los usuarios de plataformas de taxi o Empresas de Redes de Transporte (ERT) se registren en las aplicaciones con una identificación oficial con fotografía o su Clave Única de Registro de Población (CURP).
Además, las plataformas digitales que ofrecen el servicio de transporte privado habilitarán un “botón” de emergencia para usuarios y conductores.
De acuerdo con el decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado, las ERT tendrán plazo de hasta un año para adecuar sus plataformas digitales a las nuevas disposiciones.
Otras reformas incluyen que, para la contratación de sus choferes, las empresas verificarán que no tengan antecedentes penales derivados de infracciones contra la seguridad y libertad sexual, así como de delitos de secuestro, extorsión y privación ilegal de la libertad.
Los choferes de plataforma deberán contar con licencia de conductor de transporte público y les aplicarán las mismas multas que a los taxistas por no tener ese documento.
Las ERT están obligadas a compartir con la Secretaría de Transporte (Setran) su base de datos con la información de los propietarios de los automóviles registrados en sus plataformas, el número de vehículos que tiene cada uno y la información estadística que se genere con la prestación de servicios.
El diputado Jonadab Martínez García, presidente de la Comisión legislativa de Movilidad, destacó que la reforma se formuló en conjunto con las empresas y choferes.
En caso de muerte del conductor durante la prestación del servicio, la ERT o el seguro contratado pagará una indemnización mínima de 10 mil 425 pesos a los beneficiarios.