Los jueces ignoran a la Fiscalía
● Las Audiencias de Madrid, Vizcaya y Málaga acuerdan seguir revisando condenas por la ‘ley del sólo sí es sí’ ● Los magistrados descartan aplicar el criterio restrictivo que el fiscal general del Estado ha ordenado sostener
La postura restrictiva de la Fiscalía General del Estado con las revisiones de condenas firmes por la ley del sólo sí es sí no está haciendo mella en los tribunales.
Tras darse a conocer la posición que ha fijado el fiscal general, continúan las rebajas de penas que eran firmes y los acuerdos de audiencias provinciales indicando que se va a seguir actuando así. Las audiencias de Madrid, Vizcaya y Málaga mantuvieron sendas reuniones en las que llegaron a la misma conclusión: apoyar en sus territorios las revisiones a la baja de las condenas firmes por delitos sexuales a raíz de la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Garantía de la Libertad Sexual, más favorable a los condenados por recoger penas más leves.
La decisión supone ir en contra del criterio que ha ordenado sostener en los tribunales el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz: oponerse a tocar las penas que sigan dentro de la horquilla posible de años de prisión de la nueva ley, aunque el mínimo haya bajado.
Esa interpretación se ajusta mucho a la que deseaba el Gobierno, ya que en la práctica impediría prácticamente todas las revisiones de condena como las conocidas hasta ahora. Pero aunque se escuche el parecer del fiscal del caso al revisar una condena, es el tribunal el que decide. Ya el martes, al día siguiente de la orden a los fiscales, fueron las tres secciones de la Audiencia de Zaragoza las que se desentendieron de ese criterio del Ministerio Público y explicaron que adoptarían el más favorable a la revisión de condenas firmes. En el caso de Madrid, los magistrados, reunidos en Junta, apoyaron ayer por una amplia mayoría rechazar la aplicación de la disposición transitoria del Código Penal de 1995 que podía emplearse para cerrar la puerta a esas revisiones.
La disposición implicaba que solo se tocaban las condenas que hayan quedado por encima del nuevo máximo de prisión previsto en la reforma. A la misma conclusión que Madrid llegaron también los jueces de Vizcaya y Málaga. También se mostró proclive la Audiencia de Valladolid. Tiene dos secciones de Penal y una de ellas ya ha dado a conocer una rebaja de condena para ajustar la pena al nuevo mínimo. Varias audiencias más, como la de Granada, han explicado que van a revisar los posibles casos, aunque sin ser tan rotundos en su discrepancia con la tesis de la Fiscalía.
En el mes y medio que lleva en vigor la reforma impulsada por el Ministerio de Igualdad, diversas audiencias han rebajado las penas que en su día se impusieron en el mínimo y las han ajustado al nuevo umbral. En el delito básico de violación, por ejemplo, supone dos años menos de prisión. Y lo mismo sucede con el de abusos sexuales a menores de 16 años con penetración. Hasta el momento, una treintena de condenados a sentencias firmes se ha beneficiado de una rebaja.
La cifra subirá, porque muchas audiencias están en pleno proceso de revisión. Si optan por el criterio de la Fiscalía, las rebajas serán muy pocas. Hasta ahora, solo la Audiencia de La Rioja ha sostenido públicamente la tesis del Ministerio Público y aún no ha acordado ninguna revisión. La Audiencia de Madrid, en cambio, informó ayer de que ya ha revisado a la baja una veintena de sentencias. En siete de los casos el nuevo cálculo implicaba la orden de libertad para el beneficiado, aunque en uno de ellos ha seguido en prisión cumpliendo otra condena.
En total, esta audiencia controla actualmente 447 condenas firmes por abusos o agresiones sexuales en las que el condenado aún está en prisión. En 121 casos ha iniciado la revisión por decisión del propio tribunal, al comprobar que estaba ante unas condenas que podrían verse afectadas por la reforma.
En otros 55 se ha iniciado el proceso de comprobación a solicitud del condenado. Varios tribunales de la Audiencia de Madrid –que es la más grande de España y cuenta con 15 secciones de Penal– han aplicado ya el criterio respaldado ayer por la mayoría en la Junta. Según fuentes de la Audiencia, votaron a favor del acuerdo 32 magistrados, mientras que ocho se opusieron y nueve decidieron abstenerse. El acuerdo de la Audiencia de Madrid se ciñó a lo esencial del asunto, sin que se llegaran a votar posiciones más concretas. Por ejemplo, la posibilidad de rebajar también condenas firmes aunque en su día no se impusiera la pena mínima, para tratar así de mantener cierta proporcionalidad de la pena.
Este criterio ha sido seguido en al menos dos ocasiones en la Audiencia de Madrid, pero parece muy poco extendido. De lo contrario, las rebajas de condena serían ya mucho más numerosas. La votación refleja el parecer de una amplia mayoría de magistrados, pero no es vinculante. Las secciones que estén en contra de la rebaja podrían mantener ese criterio. La entrada en vigor de la reforma, el pasado 7 de octubre, ha afectado a distintas categorías de asuntos. La principal, las condenas por delitos sexuales que ya eran firmes y que en algunos casos se han reducido para ajustarlas a la nueva horquilla de penas. Otra categoría ha sido la de los asuntos que estaban en fase de recurso. Al menos tres tribunales superiores de Justicia han rechazado el fondo de los recursos, pero al tiempo han ajustado las penas a la reforma. Ayer lo hizo por primera vez el TSJ de Asturias, que dejó en nueve años la pena de 10 a un condenado por abusar de una menor.
El tercer grupo es el de las nuevas sentencias, que en algunos casos ya han aplicado la nueva ley frente a la vigente cuando se cometió el delito porque en muchos supuestos las penas son ahora más bajas.
El TSJ de Asturias dicta su primer caso y baja de 10 a nueve años una condena