Uso lúdico no aplica a peyote: SCJN
CDMX. El uso de peyote y hongos alucinógenos sólo está protegido legalmente para los integrantes de los pueblos indígenas en sus usos rituales, por lo que no puede estar considerado dentro de la jurisprudencia favorable al uso recreativo de la mariguana, considera un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
El proyecto del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, que será analizado este miércoles en la Primera Sala de la Corte, propone negar el amparo al activista Sergio Morales Loyola que quería consumir peyote “con fines ideológicos, personales, de identidad a las culturas y sus costumbres ancestrales”, pero la Cofepris consideró insuficientes sus argumentos y le negó el permiso.
El activista cuestionó que un juez de distrito le haya negado el amparo, ya que no valoró que se identifica con ciertos “grupos étnicos” que componen la multiculturalidad de nuestro país. A esto, el ministro Pardo sostuvo que no es posible equiparar la auto-adscripción o autoidentificación indígena (pertenencia cultural e identidad indígena), con la circunstancia de una persona que sólo afirma compartir la ideología o visión de pueblos.
El activista cuestionó que un juez de distrito le haya negado el amparo, ya que no valoró que se identifica con ciertos “grupos étnicos”