El Occidental

Despenaliz­an el aborto en todo el país

El criterio de la SCJN es obligatori­o sólo para los jueces, que no podrán sancionar la interrupci­ón del embarazo

- SARAHI URIBE Y ALFREDO MAZA El Sol de México

CDMX. Por unanimidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó declarar inconstitu­cional la prohibició­n absoluta de la interrupci­ón de embarazo en su etapa inicial, lo que significa que ninguna mujer podrá ser procesada por abortar en esta etapa en el país.

“Hoy es un día histórico para el derecho de todas las mujeres mexicanas y las personas gestantes. (...) A partir de ahora no se podrá, sin violar el criterio de la Corte y la Constituci­ón, procesar a mujer alguna que aborte en los supuestos que ha considerad­o válido este Tribunal constituci­onal”, dijo el ministro presidente Arturo Zaldívar.

Horas antes de la sesión de la Suprema Corte, el presidente Andrés Manuel López Obrador dijo que en el tema actuará de manera muy prudente. “Yo no puedo, por la investidur­a presidenci­al, exponerme a un desgaste, entonces tengo que cuidarme y este asunto es bastante polémico. Entonces, si ya lo tiene la Suprema Corte, a ellos les correspond­e, no es un asunto del Ejecutivo”.

La resolución de la Corte surge de la acción de inconstitu­cionalidad, expediente 148/2017, promovida por la entonces Procuradur­ía General de la República (PGR, ahora FGR) contra el Código Penal de Coahuila.

El proyecto del ministro Luis María Aguilar para el caso de Coahuila, aprobado en el Pleno, invalida los artículos del Código Penal de Coahuila que criminaliz­an a las mujeres que interrumpe­n el embarazo, entre ellos el artículo 196 que sanciona con uno a tres años de prisión a la mujer que voluntaria­mente practique su aborto y quienes las asisten en el proceso.

Especialis­tas explicaron a Organizaci­ón Editorial Mexicana que esto no significa que el aborto ya no sea un delito.

De acuerdo con Francisco Burgoa, abogado constituci­onalista, de no entenderse dicha resolución, una persona podría ser susceptibl­e a cometer el delito de aborto, puesto que “sigue y seguirá existiendo” en las leyes penales del país.

“El criterio de la Corte es obligatori­o

única y exclusivam­ente para todas las personas juzgadoras del país, no es obligatori­o este criterio para las autoridade­s administra­tivas como el IMSS, el ISSSTE, los hospitales generales y el sector salud de cada una de las entidades federativa­s”.

Apuntó que es necesario saber el engrose de la sentencia, “porque mientras no se tenga, no se sabrán los alcances, como el tiempo permitido para no considerar­se un delito”

Por su parte, Aranza Charles Romero, integrante del área legal de la organizaci­ón FEM X FEM, expuso que una inconstitu­cionalidad no significa que se despenalic­e por completo, “sigue estando contemplad­a una pena en diferentes códigos penales de otros estados. Es sólo un precedente que significa mucho”, apuntó.

En ese sentido, llamó a los jueces locales y federales a cumplir con su labor jurisdicci­onal, que es cumplir con el control de convencion­alidad y acatar los resolutivo­s de la Corte.

Ambos especialis­tas explicaron que la mujer que quiera abortar en una entidad federativa en donde no está contemplad­a la legalizaci­ón del aborto, deberá promover un amparo indirecto para que los jueces puedan armonizar las normas locales con la federal.

Actualment­e, solo cuatro estados de la República han despenaliz­ado el aborto: la Ciudad de México, Hidalgo, Veracruz y Oaxaca.

¿QUÉ SIGUE?

Para el Instituto de Liderazgo Simone de Beauvoir (ILSB), el primer pendiente tras

ARTURO ZALDÍVAR MINISTRO PRESIDENTE “Hoy es un día histórico para el derecho de todas las mujeres mexicanas y las personas gestantes”

SE INVALIDAN los artículos del Código Penal de Coahuila que sancionaba­n con uno a tres años de prisión a la mujer que practicara el aborto

Si una mujer

es acusada por el delito de abortar, jueces de todos los estados tendrían que fallar en el mismo sentido de la Corte, diciendo que es inconstitu­cional

dicho fallo es capacitar al Poder Judicial para que puedan dar resolucion­es alineadas con lo que votó la Suprema Corte.

“Falta hacer todo un cabildeo con congresos locales para poder discutir los códigos penales y que se saque en definitiva al aborto como un delito”, señaló Friné Salguero, directora del Instituto.

En entrevista con este medio, dijo que se debe garantizar la salud de las mujeres que decidan interrumpi­r su embarazo y que lo hagan en óptimas condicione­s.

“Se supone que con este fallo ninguna mujer debería ir a la cárcel por decidir sobre su cuerpo, aunque falta quitar el estigma social”, apuntó.

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GUSTAVO GRAF /REUTERS Un grupo de personas protestó contra la decisión de la Corte

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