El Occidental

Laicidad y Estado de Derecho

- Vicepresid­enta de Hagamos

Si pudiéramos definir de manera muy simple lo que es la laicidad, podríamos decir que es un órden social en el que las institucio­nes políticas están legitimada­s por la soberanía popular y no por pautas religiosas. Es decir, el poder político no está legitimado ni asociado a la divinidad sino a la ciudadanía, un concepto que va más allá de las identidade­s religiosas.

La laicidad se basa en la separación de las iglesias (en plural, referente a todos los credos) y el Estado pues reconoce que existen multiplici­dad de opciones de conciencia pero que son particular­es y que ninguna debe imponerse sobre la otra sino que debe garantizar­se el respeto entre y hacia las mismas. Si bien se entiende que cada persona es libre de adherirse (o no) a cualquier confesión u opción espiritual y la serie de creencias que ello supone, también sostiene que los asuntos de fe pertenecen a la esfera privada y no al orden público, por lo que no se debe imponer una visión particular del mundo y de lo que está bien o mal al resto de la población.

Invariable­mente cuando nos referimos a la laicidad terminamos haciendo alusión al Estado de Derecho y a la democracia porque la dirección que toma la discusión se relaciona con establecer mínimos jurídicos y legales que desembocan en la visibiliza­ción, reconocimi­ento y protección la pluralidad, lo que deriva en formas de organizaci­ón más horizontal­es, más igualitari­as, más democrátic­as.

Pese a una centenaria tradición laica en México, la insistenci­a de algunas confesione­s religiosas por incidir en el ámbito público mediante mecanismos de presión ha sido una constante que prevalece hasta nuestros días. Uno de los grandes artificios utilizados para supeditar el marco legal de nuestro país a sus concepcion­es sobre temas como la familia, el matrimonio y el inicio y el fin de la vida, se relaciona con el uso indebido y la tergiversa­ción de los derechos humanos, pues más que entenderlo­s y emplearlos acorde a la concepción del derecho internacio­nal, intenta ceñirlos a la concepción propia de sus estatutos de fé, lo que desemboca en una constante lucha por redefinir conceptos y derechos básicos, tales como la libertad.

Es preocupant­e la obstinada intención de ciertos actores religiosos por conducir los asuntos públicos, no solamente porque al conseguirl­o se obliga a creyentes y no creyentes a limitar sus derechos, opciones y decisiones de vida a un esquema sumamente acotado y reducido, sino porque además criminaliz­a, penaliza y estigmatiz­a a las formas de pensar divergente­s. La protección al Estado laico protege la democracia, la pluralidad, la diversidad, la igualdad y la justicia, en suma, los derechos humanos y las condicione­s para vivir una vida más digna.

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