SCJN respalda aborto en caso de violación
CDMX. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la modificación que la Secretaría de Salud (SSA) realizó a la Norma Oficial Mexicana 046-SSA2-2005 (NOM-46), que ordena a todos los hospitales públicos a practicar abortos a mayores de 12 años en casos de violación sin necesidad de que las victimas hayan presentado una denuncia penal ni el permiso de sus padres.
Con nueve votos a favor, el Pleno del Máximo Tribunal del país desechó dos controversias constitucionales promovidas por el Poder Legislativo de Aguascalientes (45/ 2016) y el Poder Ejecutivo de Baja California (53/2016) que buscaban frenar el cumplimiento de dicha norma al considerar que las modificaciones se realizaron sin respetar sus competencias.
En primer lugar, las entidades habían argumentado violaciones de procedimiento en la NOM porque ha establecido que basta la declaración bajo protesta de decir verdad de la mujer o adolescente afectada para que el hospital o clínica queden obligados a realizar el aborto, sin intervención del Poder Judicial.
Por otra parte, se quejaron de una invasión a las facultades de sus congresos ya que el Gobierno federal legisló en materia de delitos del fuero civil como patria potestad y limitó la intervención de padres o tutores solo en casos de personas gestantes menores de 12 años.
Sin embargo, en su proyecto de sentencia el ministro Aguilar Morales determinó reconocer la validez de las modificaciones a la NOM-046 que habla de violencia familiar, sexual y contra las mujeres, mismas que aseguró estuvieron apegadas a los lineamientos previstos en la Ley General de Víctimas de 2013.
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