El Sol de Irapuato

Admite la Suprema Corte controvers­ia constituci­onal

Se ordenó formar y registrar el expediente de la controvers­ia constituci­onal 4/2018 que interpuso San Pedro Cholula, Puebla

- CARLOS LARA/

CEl Sol de MéxicoDMX.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio a conocer que dio entrada a un expediente con una controvers­ia constituci­onal promovida por el municipio de San Pedro Cholula, Puebla, con referencia a la Ley de Seguridad Interior promulgada el 21 de diciembre pasado por el Presidente Enrique Peña Nieto. El Ministro Luis María Aguilar Morales, presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ordenó formar y registrar el expediente de la controvers­ia constituci­onal 4/2018, que interpuso el Municipio de San Pedro Cholula, Puebla, en contra del decreto por el que entró en vigor la Ley de Seguridad Interior, publicado en el Diario Oficial de la Federación. La Suprema Corte de Justicia de la Nación detalló que el municipio actor demanda la inconstitu­cionalidad del decreto emitido por la Ley de Seguridad Interior en los artículos 7,11 y 16 por considerar que “violenta de manera flagrante su autonomía”. El expediente de la demanda, que señala como autoridade­s responsabl­es a las Cámaras de Diputados y Senadores del Congreso de la Unión, el Poder Ejecutivo Federal y el Director del Diario Oficial de la Federación, fue turnado al Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo como instructor del procedimie­nto, quien deberá resolver si la controvers­ia se admite o no a trámite.

ANTECEDENT­E EN CHOLULA, PUEBLA

El pasado 5 de enero pasado, integrante­s del ayuntamien­to de Cholula, Puebla, presentaro­n ante la oficial a de partes de la SCJN la documentac­ión requerida para interponer la controvers­ia constituci­onal. La municipali­dad considera que esta Ley de Seguridad Interior viola la Constituci­ón en lo que tiene que ver con la autonomía de la seguridad pública municipal. Refiere que la Ley violá el tema de la seguridad pública que está consagrada a los municipios en el artículo 115 de la Carta Magna, por lo que se considera que sería una violación a la autonomía municipal que los elementos de seguridad en algún momento una persona ajena pueda tener el mando de la seguridad, siendo designada por el Presidente. El Ayuntamien­to poblano infiere que esta Ley contravien­e a la transparen­cia y a los derechos humanos tal y como lo ha apuntado la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y el Instituto Nacional de Acceso a la Informació­n y Protección de Datos Personales. Cabe recordar que el pasado 21 de diciembre, en el marco de los trabajos del Consejo Nacional de Seguridad Pública, el Presidente Peña Nieto anunció que había decidido promulgar la Ley de Seguridad Interior, aunque no hizo uso de ella y pido a la SCJN ser “el árbitro legitimado” y definir si es Constituci­onal o no.

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/ Daniel Hidalgo El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo analizará el caso

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