¿CÓMO PUEDO AUMENTAR MI PENSIÓN?
En ley 97 la pensión
es razón del monto que se tenga en a cuenta individual. Actualmente con las condiciones como se maneja la nueva ley más del 90% de los trabajadores si no es que más, no juntara recursos suficientes en su cuenta individual, aun y trabajando más de 40 años, esto debido a la baja tasa de contribución que se hace para la vejez, apenas el 6.5% del salario cotizado. Actualmente el costo de la renta vitalicia equivalente a un salario mínimo, $3,100 pesos al mes, oscila entre los 730 mil a 740 mil pesos sin tomar en cuenta a los beneficiarios, esposa e hijo o dependientes. Es por ello que es de vital importancia que alterno a tu afore se tenga un plan complementario para la vejez, sea un plan personal de retiro e inclusive aportaciones voluntarias.
Si realizas aportaciones voluntarias a la cuenta individual te aconsejo que al final no lo juntes con los recursos de tu afore pues al hacerlo solo disminuirás la carga de la obligación de gobierno, sin que exista un impacto significativo en el monto de tu pensión.
Con ley 97 no, al momento de reingresar se suspenda la pensión.
Todas la afores cumplen una misma función que es administrar los recursos de la cuenta individual, así mismo todas son reguladas por la consar y se ajustan a la normativa que establece la ley del sar y la ley del seguro social. Te puedo sugerir que la afore en la que te encuentres tenga oficinas en la ciudad donde radicas y que sus agentes tengan una debida capacitación para resolver tus dudas con información real y sustentada.
Hay casos en el que el trabajador labora un tiempo con seguro social, luego trabaja para el estado, gobierno federal, o bien trabaja en ambas partes al mismo tiempo, hasta la reforma del imss que entro en vigor en Julio del 97 y la del issste en el 2007, el tiempo cotizado ante estos institutos era totalmente independientes, sin embargo derivado de las reformas que dio origen a un sistema de capitalización individual, en 2009 imss e issste firmaron un convenio de portabilidad del tiempo cotizado, es decir un trabajador podrá trasferir sus derechos y tiempo cotizado entre ambos institutos. Actualmente tanto Pemex como el gobierno de estado de México han realizado reformas en su sistema de jubilación emigrando a un sistema de capitalización individual, nombre que se le conoce al modelo de las afores, adhiriéndose recientemente a ese convenio de portabilidad con sus nuevos trabajadores.
México cuenta con dos convenios internacionales en materia de seguridad social que permiten reconocer las cotizaciones a terceros internacionales y con ello la posibilidad de portar su derecho entre un país a otro. Los países con los que se tiene dicho convenio son España y Canadá.
¿DÓNDE ME LOCALIZAN?
Viernes de 4:30pm a 6:30pm en el domicilio AV España #815 col. El cortijo oficinas de grupo GYA. Escribe a la siguiente dirección: sobrepensiones@gmail. com Sígueme en Facebook: @GYAIRAPUATO Visita: http://grupoaseguradorgya.com
LUIS JOSE GASCA RIVERA
MTRO EN ADMNISTRACION PUBLICA Y FISCAL
ESPECIALISTA EN SEGURIDAD SOCIAL Y FONDOS DE INVERSION.