El Sol de la Laguna

Obras deben ser autorizada­s y supervisad­as por el municipio

- REDACCIÓN

Karen Fernanda Pérez Herrera, diputada del grupo parlamenta­rio por el Partido Movimiento de Regeneraci­ón Nacional (MORENA), informó sobre la iniciativa para establecer reformas a la Ley General de Desarrollo Urbano para el Estado, las cuales buscan establecer en la legislació­n la obligación de cualquier ente, ya sea público o privado, de no iniciar ninguna obra en la vía pública si no es con la autorizaci­ón y supervisió­n permanente del ayuntamien­to, desde el inicio hasta la culminació­n de éstas.

Con lo anterior, esta soberanía no pretende limitar el derecho de todo municipio de acceder a recursos del orden federal, estatal o de particular­es para la ejecución de la obra pública, el fin principal es que no se transgreda la esfera de autonomía de los municipios, ya que en ocasiones el Gobierno estatal y federal licita las obras, el licitante ganador ejecuta la obra de manera errónea o sin consentimi­ento del municipio, tema que afecta la hacienda de los ayuntamien­tos, ya que tienen

La reforma tiene como fin la protección y salvaguard­a de la autonomía municipal

que subsanar errores o ejecutar de nuevo la obra correspond­iente.

La diputada de MORENA indicó que en la presente iniciativa se contempla que los ayuntamien­tos de la entidad deberán considerar en sus respectiva­s leyes de ingresos las sanciones, costos y cargos a los que se harían acreedores en caso de incumplimi­ento a los entes citados, con esto se daría cumplimien­to a la legislació­n hacendaria, en este caso se podría hablar de la legislació­n en disciplina financiera. En síntesis, la presente reforma a la legislació­n secundaria en materia de desarrollo urbano tiene un fin concreto, la protección y salvaguard­a de la autonomía municipal, a su vez que el cumplimien­to y encuadre a ley sea por todos acatada, desde la sociedad hasta los entes públicos estatales y federales.

Recordó que, es de todos sabido, que el precepto constituci­onal fundado en su numeral 115, sitúa al municipio como la base de la división territoria­l, de su organizaci­ón política y administra­tiva de los Estados. Ante ello, es responsabi­lidad de esta soberanía es preservar este precepto vigente que prepondera la autonomía de municipios, en sus diferentes vertientes, ya sea administra­tiva, hacendaria, etc.

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Karen Fernanda Pérez Herrera, diputada del grupo parlamenta­rio por MORENA / CORTESÍA

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