Obras deben ser autorizadas y supervisadas por el municipio
Karen Fernanda Pérez Herrera, diputada del grupo parlamentario por el Partido Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA), informó sobre la iniciativa para establecer reformas a la Ley General de Desarrollo Urbano para el Estado, las cuales buscan establecer en la legislación la obligación de cualquier ente, ya sea público o privado, de no iniciar ninguna obra en la vía pública si no es con la autorización y supervisión permanente del ayuntamiento, desde el inicio hasta la culminación de éstas.
Con lo anterior, esta soberanía no pretende limitar el derecho de todo municipio de acceder a recursos del orden federal, estatal o de particulares para la ejecución de la obra pública, el fin principal es que no se transgreda la esfera de autonomía de los municipios, ya que en ocasiones el Gobierno estatal y federal licita las obras, el licitante ganador ejecuta la obra de manera errónea o sin consentimiento del municipio, tema que afecta la hacienda de los ayuntamientos, ya que tienen
La reforma tiene como fin la protección y salvaguarda de la autonomía municipal
que subsanar errores o ejecutar de nuevo la obra correspondiente.
La diputada de MORENA indicó que en la presente iniciativa se contempla que los ayuntamientos de la entidad deberán considerar en sus respectivas leyes de ingresos las sanciones, costos y cargos a los que se harían acreedores en caso de incumplimiento a los entes citados, con esto se daría cumplimiento a la legislación hacendaria, en este caso se podría hablar de la legislación en disciplina financiera. En síntesis, la presente reforma a la legislación secundaria en materia de desarrollo urbano tiene un fin concreto, la protección y salvaguarda de la autonomía municipal, a su vez que el cumplimiento y encuadre a ley sea por todos acatada, desde la sociedad hasta los entes públicos estatales y federales.
Recordó que, es de todos sabido, que el precepto constitucional fundado en su numeral 115, sitúa al municipio como la base de la división territorial, de su organización política y administrativa de los Estados. Ante ello, es responsabilidad de esta soberanía es preservar este precepto vigente que prepondera la autonomía de municipios, en sus diferentes vertientes, ya sea administrativa, hacendaria, etc.