El Sol de la Laguna

Anuncian el inicio de la Fase 3 del Covid19

Morena presentó en el Senado una reforma para impedir que las empresas reduzcan los salarios

- NURIT MARTÍNEZ, XÓCHITL BÁRCENAS Y ALEJANDRO SUÁREZ/ Con informació­n de Galo Ramírez, Bertha Becerra y Gabriel Xantomila

CDMX. Una vez que el Gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador decretó el inicio de la Fase 3 de la epidemia por Covid19, la bancada de Morena alista una reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) para obligar a las empresas a pagar el salario íntegro durante el tiempo que permanezca la pandemia, mientras gobernador­es definirán medidas para hacer cumplir el aislamient­o y no se propague el coronaviru­s.

El subsecreta­rio de Prevención y Promoción de la Salud, Hugo LópezGatel­l, aseguró que las medidas que deberán establecer los gobernador­es y la jefa de gobierno de la Ciudad de México deben estar sobre la base del “respeto a las garantías constituci­onales”, luego publicar las cuatro medidas extraordin­arias que regularán la Fase 3.

Al llegar a las 857 defuncione­s y los nueve mil 501 casos confirmado­s, el Gobierno federal consideró que “estamos en la fase de ascenso rápido, donde se acumularán un gran número de casos, de contagios y de hospitaliz­aciones”.

Esa situación hace que la Jornada de Sana Distancia se fortalezca a nivel estatal o municipal y se limite la movilidad de las personas. “Las autoridade­s sanitarias (los gobiernos estatales) tienen otras atribucion­es que les permiten actuar sobre el comercio, la economía, el Gobierno y la administra­ción en el estado y en función de ello pueden tomar decisiones más ágiles y más intensivas” frente a la evolución de la epidemia, dijo el subsecreta­rio.

Por la noche, Secretaría del Trabajo y Previsión Social confirmó a El Sol de México que hasta el momento no hay cambio de “emergencia” a “contingenc­ia”, porque no se ha emitido una nueva causal de suspensión, por lo que la situación laboral sigue igual.

El abogado laboral, Arturo Alcalde, coincidió al asegurar que en este momento de emergencia las empresas no pueden aseguró que, al estar en una fase de ascenso rápido, se acumularán un gran número de casos, por ello se prevé un incremento en las hospitaliz­aciones definir unilateral­mente la reducción del salario y que, en todo caso, lo deben negociar con el trabajador.

“No hay justificac­ión legal para dejar de pagar un salario, la orientació­n es pagar el salario en la medida de lo posible, porque pagar el salario es una inversión, es realmente, un acto de solidarida­d, y un acto de solidarida­d y prudencia. Pero si usted está en imposibili­dad material de cumplir con la obligación, entonces trate de llegar a un acuerdo con los trabajador­es”, explicó en entrevista con este diario.

El líder parlamenta­rio de Morena, Ricardo Monreal, inscribió el lunes pasado una reforma para modificar el artículo 429 de la LFT y establecer que en caso de una emergencia sanitaria, el patrón deberၠpagar el salario íntegro al trabajador hasta por 30 días.

Actualment­e, la normativid­ad establece que el patrón no requerirá aprobación o autorizaci­ón del Tribunal y sólo estará obligado a pagar a sus trabajador­es una indemnizac­ión equivalent­e a un día de salario mínimo general vigente, por cada día que dure la suspensión, sin que pueda exceder de un mes.

Sobre esas decisiones en las empresas, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social señaló al lanzar su programa Juntos por el Trabajo que “hoy más que nunca es necesario refrendar la solidarida­d y la correspons­abilidad en las relaciones laborales. Debe quedar claro que no existe fundamento legal para separar trabajador­es o modificar unilateral­mente las condicione­s de trabajo”.

Estableció que en México “las pequeñas empresas son las grandes empleadora­s, y que muchas, sin importar su tamaño, se la están jugando con sus trabajador­es y haciendo todo lo posible por conservar las fuentes de empleo".

Al respecto, el abogado Óscar de la Vega, consideró que la iniciativa presentada por el senador Ricardo Monreal, reconoce expresamen­te la falta de solidez jurídica para defender la postura del gobierno.

La fracción VII de ese artículo establece la suspensión, que no la cancelació­n, de las relaciones colectivas de trabajo en los casos de “contingenc­ia sanitaria” e implica que el empleador pague a sus trabajador­es una indemnizac­ión, más no un salario, equivalent­e a un día de salario mínimo general vigente, por cada día que dure la suspensión, sin que ese periodo exceda más de un mes.

Para el abogado laboral, desde que el 31 de marzo de declaró la emergencia existe una suspensión obligatori­a de labores, salvo las esenciales, decretada por una autoridad de salud. “Eso de que no hay una declarator­ia de ´contingenc­ia sanitaria' es una formalidad inexistent­e en la Ley, el precepto es clarísimo y hoy por hoy estamos en presencia de una causa colectiva de suspensión de las relaciones de trabajo, y el patrón tiene ese derecho (de pagar sólo una indemnizac­ión)”.

Por ello, no puede a haber salario. “No hay trabajo, no hay salario, y se paga una indemnizac­ión, que es la que establece la ley”.

ARTURO ALCALDE ABOGADO LABORAL “No hay justificac­ión legal para dejar de pagar un salario, la orientació­n es pagar en la medida de lo posible, porque es una inversión”

Federal reportó ayer con 9 mil 501 contagios, así como 857 muertos, con una tasa nacional de incidencia de 2.49, lo que representa una etapa activa

El Gobierno

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/ADRIÁN VÁZQUEZ LópezGatel­l

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