Se les acabó el amor; se disparan divorcios
Con dos mil 005 demandas ya resueltas, el municipio de León adelanta a los demás del Corredor Industrial
De enero a junio del presente año, el Poder Judicial del Estado de Guanajuato reportó 5 mil 291 audiencias de divorcio en línea, de las cuales la mayoría se han presentado en las ciudades del Corredor Industrial, como León, Celaya, Irapuato, Silao, Salamanca, Guanajuato Capital y San Miguel de Allende.
De acuerdo con la información de la Coordinación General del Sistema de Gestión del organismo, hasta el momento el mes con más demanda de divorcio ha sido el de junio con mil 100 audiencias, pues cada mes se ha dado un incremento gradual de los divorcios en línea, modalidad que surgió a mediados del 2020 derivado de la pandemia por el Covid-19.
León es la ciudad que hasta el momento ha tenido mayor cantidad de divorcios al concentrar el 37.89% de las audiencias con 2 mil 005, le sigue Irapuato con 595, Celaya con 594, Salamanca ha tenido 344 divorcios, Guanajuato capital ha registrado 254, Silao ha tenido 208 en el primer semestre del año y en San Miguel de Allende se han reportado 151 audiencias.
Otros municipios que también han presentado mayor audiencia de divorcio y que no pertenecen al corredor industrial son Acámbaro con 175, Cortazar con 160, Salvatierra con 120, Pénjamo con 93, Purísima del Rincón con 92, Yuriria con 83 y San Felipe con 82.
Solo en el mes de enero se reportaron un total de 726 audiencias de divorcio, de las cuales 286 se dieron en León, en el mes de febrero se incrementó la cifra ha 757, de las cuales 270 pertenecieron a la ciudad zapatera, en marzo se presentaron 797 con 281 audiencias en la localidad, 924 en abril de las cuales la misma ciudad presentó la mayoría con 342 y en mayo se dieron 987, 385 igualmente en la capital del calzado.
Desde la primera audiencia de divorcio que se generó en línea durante el mes de julio del 2020, el tiempo promedio de los di vorc os es es e ea m nu os, pr ncipalmente lo que agiliza el trámite es que las partes involucradas tienen mutuamente el acuerdo de separarse.
Hasta agosto de 2020 ya se habían reportado 500 divorcios virtuales, mientras que la lista de espera para llevar a cabo el proceso era cada vez más amplia superando las 300 solicitudes.
Durante 2020 se realizaron 15 mil 224 divorcios en general, de los cuales el 12.59 por ciento fueron en línea, siendo un total de mil 917, con la intención de limitar la visita presencial a los juzgados debido a la pandemia por el Covid-19, por lo que todavía en 2021 el proceso de separación se ha mantenido vigente.
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itcada mes se ha dado un incremento gradual de los divorcios en línea, modalidad que surgió a mediados del pasado año de 2020 derivado de la pandemia
LIBRES... ¡EN 12 MINUTOS!
iComo informó El Sol de León, a finales de julio del año pasado Guanajuato tuvo su primer divorcio por videoconferencia y éste se desarrolló en sólo 12 minutos.
En el Juzgado Civil especializado en materia Familiar, el martes 28 de julio tuvo verificativo la primera audiencia de juicio por videoconferencia en tiempo real, en el que se dictó sentencia de divorcio, en un tiempo máximo de 12 minutos.
Durante el desarrollo de la audiencia por videoconferencia, las partes tuvieron conexión desde su computadora y teléfono móvil, sin ningún contratiempo.
La audiencia de juicio sobre divorcio incausado inició puntualmente en el tiempo previsto y concluyó con la emisión de una sentencia, por lo que, en el mismo acto, la Juzgadora procedió a su explicación, manifestando las partes su conformidad.
Cabe mencionar que dicha resolución se les hizo llegar a las partes, por medio de su buzón electrónico.
El Poder Judicial del Estado informó que asume el compromiso de continuar adoptando las medidas necesarias para preservar la salud e integridad de las personas justiciables y del personal de los diversos órganos jurisdiccionales y al mismo tiempo garantizar el derecho fundamental a una justicia pronta y expedita.
Fue el 9 de julio de 2020 cuando el Consejo del Poder Judicial del Estado, emitió el acuerdo relativo al uso de la videoconferencia en los Juzgados Civiles de Partido especializados en materia familiar a fin de asegurar la protección del personal y de las partes que intervienen en las audiencias que se desarrollan en las unidades jurisdiccionales.