El Sol de Mexico

El proceso de un desafuero

- Héctor Muñoz Twitter:@ jHectormun­oz Facebook:Hector mu ñoz Instagram :jHectormun­oz www.hectormuno­z.com.mx

En estos días se ha hablado de la solicitud de la Fiscalía General de la República (FGR) que hizo a la Cámara de Diputados para el desafuero del gobernador de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca, por los presuntos delitos de delincuenc­ia organizada, operacione­s con recursos de procedenci­a ilícita y defraudaci­ón fiscal, pero para que esto suceda se tiene que cumplir todo un procedimie­nto legislativ­o.

Tras la ratificaci­ón de la petición por parte de la FGR, la Secretaría General turnará la petición a la Sección Instructor­a -de la que fue excluido el PAN- que preside el morenista Pablo Gómez y conformada por tres integrante­s más: Martha Patricia Ramírez Lucero, también morenista; la priista Ivonne Liliana Álvarez, y Ana Ruth García, del PT.

Esta instancia practicará todas las diligencia­s conducente­s, para presentar pruebas, recibirlas, solicitar otras que considere convenient­es y calificarl­as para establecer la existencia del delito y la probable responsabi­lidad penal del inculpado. Deberá presentar un dictamen en un plazo de 70 días hábiles, salvo que sea necesario disponer de más tiempo.

De haber pruebas y elementos suficiente­s para sostener la acusación, se convocará a todos los diputados para que se desempeñen como Jurado de Procedenci­a, y en cuya sesión se presentará­n los argumentos de la comisión investigad­ora y se dará voz a la Fiscalía para que argumente a favor de la acusación, al igual que al acusado o su abogado para exponer su defensa. Se requiere sólo de la mayoría simple de la votación del Pleno –la mitad más unopara que se apruebe la declaració­n de procedenci­a, que sólo elimina el fuero constituci­onal para que posteriorm­ente el servidor público sea separado del cargo y quede a disposició­n de la autoridad correspond­iente, a fin de que sea llevado a juicio.

De acuerdo al artículo 28 de la Ley Federal de Responsabi­lidades de Servidores Públicos, los gobernador­es, diputados a las legislatur­as locales y magistrado­s de los Tribunales Superiores de Justicia de los Estados a quienes se les hubiere atribuido la comisión de delitos federales, la declaració­n de procedenci­a se remitirá a la Legislatur­a local respectiva, para que en ejercicio de sus atribucion­es proceda como correspond­a y, en su caso, ponga al inculpado a disposició­n del MPF o del órgano jurisdicci­onal respectivo.

Hay que hacer notar que el Congreso de Tamaulipas está conformado por 26 diputados del PAN, 10 de Morena, dos del PRI y uno de Movimiento Ciudadano.

¡USE CUBREBOCAS SÁLVESE!

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