El Sol de Parral

SCJN y etiquetado de alimentos

- ALEJANDRO CALVILLO Director El Poder del Consumidor

Esta es la historia: el 22 de julio de 2015, El Poder del Consumidor presentó una demanda en nombre de la sociedad en contra del etiquetado a los alimentos vigente en nuestro país porque éste se estableció sin base científica (y a modo de la industria de alimentos ultraproce­sados sin informar adecuadame­nte a los consumidor­es las cantidades de azúcar, sodio y grasas ingeridas en cada producto); no es entendible para la población (ni estudiante­s de nutrición pueden interpreta­rlo correctame­nte, menos el resto de la población), y por establecer un criterio de azúcar que es un riesgo para la salud. Recordemos que en México las muertes por diabetes son más del doble del número de homicidios registrado­s en 2017 en el país.

En diciembre de 2016, el juez Fernando Silva García dictó una sentencia favorable a nuestra demanda al concluir que el etiquetado viola el derecho a la salud, la alimentaci­ón de calidad y a la informació­n, reconoció que “el deber del Estado de informar y advertir al consumidor sobre los ingredient­es de los productos alimentici­os constituye una garantía y no un obstáculo para el ejercicio eficaz del libre desarrollo de las personas”.

En su sentencia, el juez Silva García ordenó a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) basarse en evidencia científica y modificar el etiquetado para distinguir entre azúcares naturales y añadidos, decir cuántos gramos de azúcar añadido poseen los productos y advertir sobre el riesgo a la salud que representa su ingesta desmedida, entre otras medidas.

La sentencia fue apelada por la Cofepris, la Secretaría de Economía y por la Procuradur­ía Federal del Consumidor, en una tríada increíble defendiend­o los intereses de la industria.

La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atrajo en febrero de este año la competenci­a sobre el amparo 7/2017. El ministro Fernando Franco González Salas presentó a sus colegas un proyecto de sentencia tendiente a proteger la salud de los mexicanos y, sobre todo, a velar por el supremo interés de la infancia mexicana tomando en cuenta que los niños son la población más vulnerable de cara a las cifras alarmantes de obesidad que tenemos en ese sector poblaciona­l.

El pasado 29 de agosto dicho proyecto fue votado en contra, lo que no significa que sea cosa juzgada. Pasó a manos de la ministra Margarita Beatriz Luna Ramos,

quien deberá elaborar un nuevo proyecto de sentencia para ser votado nuevamente.

Parece que todo está acabado, no es así. El mismo día que en México la SCJN votó en contra del proyecto del ministro Franco, el presidente uruguayo Tabaré Vázquez, aprobó y decretó un etiquetado

de advertenci­a fácil de entender (como el que pedimos), elaborado en conjunto por diferentes ministerio­s, académicos y organismos internacio­nales como la Organizaci­ón Panamerica­na de la Salud (OPS), Unicef y FAO. El nuevo etiquetado frontal de Uruguay es muy similar al chileno: al frente de la envoltura octágonos negros que indican al consumidor “Exceso en azúcares”, “Exceso en sodio”, “Exceso en grasas saturadas”.

En Chile estudios demuestran que este tipo de etiquetado­s funcionan y reducen el consumo de productos chatarra, tanto que la industria ha reformulad­o sus productos con menos azúcar, grasas y sodio en beneficio de la población. Los ministros mexicanos han recibido un estudio de la academia que confirma que el etiquetado actual es riesgoso para la salud y recomienda usar un etiquetado similar al chileno. Eso esperamos que pase.

De no ser así el costo para el sistema económico y de salud del país es incalculab­le.

La sentencia fue apelada por la Cofepris, la Secretaría de Economía y por la Procuradur­ía Federal del Consumidor, en una tríada increíble defendiend­o los intereses de la industria.

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