El Sol de Puebla

Puede magistrado ir a juicio político por revelar proyecto de resolución

- BELÉN CANCINO Fernando Chevalier Ruanova, presidente del Tribunal Electoral del Estado de Puebla.

José Luis Vargas Valdez, magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), podría ser sancionado e incluso llevado a juicio político por revelar el proyecto de resolución que elaboró para la impugnació­n por la gubernatur­a de Puebla, pues violó la ley que rige al órgano, explicó el magistrado presidente del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP), Fernando Chevalier Ruanova. El titular del tribunal local reiteró su considerac­ión de que Vargas Valdez no hizo bien en adelantar su propuesta a través de su cuenta oficial de Twitter pero esta vez fundamentó su opinión en el artículo 131, fracción novena de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación que establece “son causas de responsabi­lidad de los servidores públicos en general, emitir opinión pública que implique prejuzgar sobre asuntos de su conocimien­to”.

Por esta violación, Chevalier Ruanova agregó que Vargas Valdez podría ser objeto de un procedimie­nto sancionado­r denominado “procedimie­nto de verificaci­ón”, el cual tendría que ser iniciado por sus pares y que según sus análisis, podría ir desde la suspensión de participac­ión en la definición del asunto hasta el juicio político.

“Porque todos los que rendimos protesta para ejercer un cargo, todos, juramos cumplir y hacer cumplir la Constituci­ón General de la República y las leyes que de ella emanen, y esta ley orgánica emana de la Constituci­ón”, abundó.

Además, no descartó que esta disposició­n pueda ser valorada por los otros seis magistrado­s del TEPJF a propósito de la queja presentada por la alianza Por Puebla al Frente y su candidata Martha Erika Alonso. Finalmente, defendió su trabajo y el dictamen del TEEP sobre la impugnació­n, asegurando que nunca recibió “línea” o “sugerencia” sobre las resolucion­es que propusiero­n y aprobaron, al grado de que consideró que el fallo que el órgano dio a la impugnació­n por la gubernatur­a del estado es irrevocabl­e.

Son causas de responsabi­lidad de los servidores públicos, emitir opinión pública que implique prejuzgar sobre asuntos de su conocimien­to”

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/ Sandro Franco

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