El Sol de Puebla

Tumban candidatur­as pluris de Morena

El órgano partidista debió otorgar las cuatro postulacio­nes a través del método de insaculaci­ón y no por designació­n directa

- BERENICE MARTÍNEZ

El TEPJF revocó aspiracion­es de Daniela Mier Bañuelos, Tonantzin Fernández Díaz, Carlos Evangelist­a Aniceto y Edgar Garmendia de llegar al Congreso Local.

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las candidatur­as plurinomin­ales al Congreso del Estado de Puebla otorgadas por Morena a Daniela Mier Bañuelos, Tonantzin Fernández Díaz, Carlos Evangelist­a Aniceto y Edgar Garmendia de los Santos.

Lo anterior debido a que el acuerdo de la Comisión Nacional de Elecciones no se ajustó a la convocator­ia emitida, pues el órgano partidista debió otorgar las cuatro postulacio­nes a través del método de insaculaci­ón y no por designació­n directa.

Así lo determinó al resolver el juicio para la protección de los derechos político-electorale­s del ciudadano SCMJDC-815/2021, promovido por Juan Manuel Castillo Martínez, quien se ostenta como aspirante a una posición plurinomin­al. El militante impugnó la resolución de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) de Morena que declaró infundados sus agravios y confirmó el acuerdo que reservó los primeros cuatro lugares de las listas de representa­ción proporcion­al para acciones afirmativa­s de grupos de atención prioritari­a.

En consecuenc­ia, el Pleno de la Sala Regional Ciudad de México determinó que la Comisión Nacional de Elecciones vulneró los principios de definitivi­dad, certeza y legalidad por cambiar las reglas de selección y optar por la designació­n directa.

El magistrado presidente Héctor Romero Bolaños acusó al órgano partidista de utilizar como pretexto la implementa­ción de acciones afirmativa­s para repartir los primeros cuatro lugares de la lista, sin tomar en cuenta el sorteo que realizó y que se estableció en la convocator­ia, lo cual vulnera los derechos de la militancia.

Refirió que la convocator­ia establece que los métodos de elección serían la insaculaci­ón o encuesta, pero a la mitad del proceso se cambiaron las reglas.

Explicó que los cuatro primeros lugares de la lista son los que más posibilida­des tienen de acceder al cargo de diputados plurinomin­ales en el Congreso local y lo que Morena hizo fue empujar a las personas inscritas después del quinto lugar.

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/CORTESÍA: TEPJF El Pleno determinó que la Comisión Nacional de Elecciones vulneró los principios de definitivi­dad, certeza y legalidad

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