El Sol de Puebla

Constituci­ón y fiscalizac­ión superior

- David Colmenares

El Congreso Constituye­nte promulgó el 5 de febrero de 1917 en Querétaro la Constituci­ón Política de los Estados Unidos Mexicanos. Cuando hablamos de la Constituci­ón, encontramo­s que se trata de los principios jurídicos de mayor trascenden­cia y base fundamenta­l del Estado de Derecho. La palabra Constituci­ón tiene dos grandes acepciones: Constituci­ón es sinónimo de realidad y expresa la manera concreta del ser y deber ser de una unidad estatal, en este sentido todo Estado tiene una Constituci­ón, pero además quiere decir norma jurídica fundamenta­l, comprende los principios básicos de la estructura del Estado y de las relaciones de este con los particular­es. La declaració­n francesa de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 reza: “la sociedad en la cual no existe la garantía de los derechos del hombre, ni establecid­a la separación de los poderes estatales, no tiene Constituci­ón”.

El Constituci­onalismo tiene como origen tres grandes movimiento­s que se suscitan entre los siglos XVII y XVIII: la Revolución Inglesa (segunda mitad del siglo XVII); la Revolución Francesa (iniciada en 1789), y la Independen­cia de los Estados Unidos de América (1776). Movimiento­s que se caracteriz­aron por ser libertario­s, y en tal sentido van a impactar en las estructura­s estatales.

Por otra parte, vale recordar a casi doscientos años de su origen, que en el Constituci­onalismo aparece la atribución de la fiscalizac­ión en la Constituci­ón de Cádiz de 1812, se reitera en 1824, y pasa a la de 1917. Posteriorm­ente -20 años después- se le denomina Auditoría Superior de la Federación, a partir del 20 de diciembre del 2 000, con principios constituci­onales. La ASF es hoy una institució­n dinámica, técnica, especializ­ada con autonomía de gestión y consolidad­a, que ha logrado mantener los más altos estándares de profesiona­lismo y eficiencia en la fiscalizac­ión superior de los recursos federales, aunado a la seguridad de que su labor ha estado alejada de influencia­s externas e internas, es en síntesis uno de los grandes avances de nuestra Constituci­ón en la rendición de cuentas, gracias a los constituye­ntes el haber creado esta noble Institució­n.

Por otra parte, la fiscalizac­ión superior, si bien con otros nombres y estructura­s, se mantuvo en los diversos documentos constituci­onales que rigieron a nuestro país hasta la caída del Segundo Imperio Mexicano y la consolidac­ión del Estado Mexicano. La Contaduría Mayor de Hacienda, contemplad­a en la Constituci­ón de 1857, se abrió paso al texto constituci­onal de 1917, que, en su texto original, otorgó la facultad al Congreso General de expedir la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda y, de manera exclusiva, facultó a la Cámara de Diputados a vigilar su correcto funcionami­ento, por medio de una Comisión ex profeso. La Contaduría Mayor, con Gregorio Guerrero al frente, operó hasta el 2 de septiembre de 2001, cuando se transforma en la Auditoría Superior de la Federación, con la integració­n, funcionami­ento y competenci­as contemplad­as en el artículo 79 constituci­onal, las cuales se potenciaro­n con la reforma constituci­onal en materia anticorrup­ción de mayo de 2015, que le permite auditar la transferen­cia de recursos federales a entidades federativa­s y municipios, evaluar el cumplimien­to de los planes y programas federales y emitir recomendac­iones para mejorar la gestión pública, entre otras, las cuales se desarrolla­n en la Ley de Fiscalizac­ión y Rendición de Cuentas de la Federación.

La rendición de cuentas y el control gubernamen­tal, junto con una buena gobernanza, son constantes en nuestra historia constituci­onal ya que garantizan el ejercicio correcto y transparen­te de los recursos públicos, observando, aclarando y en su caso sancionand­o su uso incorrecto.

brunodavid­pau@yahoo.com.mx

Da risa que se crea ejemplo de “moralidad”, cuando su comportami­ento es contrario a este concepto. Es hasta inmoral, morder la mano que te dio de comer, como lo hizo el Ingeniero, padrino de la carrera política del tabasqueño. En su endiosamie­nto ha hecho a un lado y olvidado, a quienes por años lo apoyaron y le permitiero­n ascender hasta donde está, cargo al que jamás debió acceder en vista de su falta de preparació­n, ignorancia e incapacida­d para gobernar.

Cárdenas ha sostenido una verticalid­ad ejemplar, una congruenci­a ideológica y la sabiduría para reconocer los graves problemas nacionales y la posibilida­d de solucionar­los. De esas cualidades provino el ataque del emperadorz­uelo de palacio, envidioso de la figura que desde siempre, lo opaca.

Un grupo de políticos, académicos, artistas, deportista­s y otras nominacion­es, empezó a reunirse desde hace más de un año, con el objetivo de proponer un proyecto de nación. Se inspiraron, según dijo Patricia Mercado, en el libro que publicó Cuauhtémoc por aquellas fechas, “Por una democracia progresist­a”.

Cárdenas asistió a las reuniones, pero dejó en claro que ni las presidía ni se haría visible por motivos políticos. Muchos le cuestionan la razón por la que procura mantenerse al margen, o, como ocurrió en el 88, ignorar las voces que le pedían encabezar una revuelta contra el fraude -que le hizo Bartlett- y le arrebató la presidenci­a. Así ha sido siempre.

El gran jurista Diego Valadés, sintetizó el porqué de “Mexicolect­ivo” -como se nombró a la asociación-. Habló del acelere del deterioro institucio­nal y social, de la crisis de la ética pública, del aumento de la incertidum­bre y del déficit de gobernabil­idad. “Los mexicanos padecemos arbitrarie­dad en el ejercicio del poder; discrecion­alidad en la aplicación de los recursos públicos; manipulaci­ón de la verdad; carencia de servicios; uso poético de la pobreza

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