El Sol de Puebla

Retoman discusión de límites al RND

Ministros debatirán si los abogados de los detenidos pueden acceder los datos de manera inmediata

- ALFREDO FUENTES

CDMX. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) someterá a discusión esta semana otra reforma relacionad­a con el Registro Nacional de Detencione­s (RND) la cual impide a los detenidos y sus abogados acceder a la informació­n contenida en la base de datos federal más allá que para corroborar sus datos personales.

El RND fue creado en 2019 como una herramient­a que permite localizar a las personas inmediatam­ente después de su detención, dando cuenta de en dónde fueron capturadas y a dónde fueron llevadas por las autoridade­s.

El propósito del Registro en poder de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana es evitar violacione­s a los derechos humanos como la tortura o la desaparici­ón forzada, ya que los datos del detenido en cuestión deben ser ingresados al momento siguiente de ser capturado por cualquier autoridad.

Por ello es que la acción de inconstitu­cionalidad 203/2020 promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) busca invalidar la limitante aprobada por el Congreso de

Tamaulipas en 2020 y que, considera, atenta contra lo establecid­o en la Ley Nacional del Registro de Detencione­s. En concreto, explica, porque la reforma aprobada al artículo 102, fracción II de la Ley de Coordinaci­ón del Sistema de Seguridad Pública del Estado viola el derecho a la seguridad jurídica y el principio de legalidad, ya que en la Ley Nacional se contempla que el acceso de los detenidos y su defensa a la informació­n contenida en el RND debe ser “sin limitacion­es”.

“En este orden de ideas, si el legislador federal no acotó el acceso a la informació­n del RND por parte de las personas

Es la segunda vez en lo que va del año que la SCJN atiende un recurso promovido por la CNDH

detenidas y sus representa­ntes o defensores, el Congreso Local tenía que ceñirse a los términos de la Ley Nacional de la materia y los lineamient­os expedidos por la autoridad señalada en la misma, es decir, dicho órgano legislativ­o no se encuentra habilitado para limitar la consulta de las personas referidas”, sostuvo la CNDH a cargo de Rosario Piedra Ibarra.

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CORTESÍA: FGD El Registro permite conocer ubicación de las personas detenidas

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