El Sol de Puebla

La validez de los convenios laborales privados

- Opinión

Vicente Avendaño Fernández

Ser empresario o empleador en nuestro país es toda una hazaña, no solo hay que lidiar con los factores económicos, como la falta de clientes, sino con institucio­nes en materia tributaria y de seguridad social.

Hace años, eran tristes las escenas donde una fábrica estaba cerrada, quizá con una bandera rojinegra, la cual estaba en venta, de la cual se obtenía un recurso que servía para pagarle a un trabajador o comisión de trabajador­es que ganaban auténticam­ente una fortuna por los años que se les tenía que pagar, dando lugar al cierre del recinto laboral. Esto ha cambiado y lo máximo que puede cobrar un trabajador, independie­ntemente de lo que tarde el litigio, es un año, lo cual me parece justo.

Ahora bien, se da el caso de que un trabajador renuncia voluntaria­mente y posteriorm­ente demanda a la empresa o al patrón, situación que es evitable.

En primer lugar, es bien sabido que un convenio ante la autoridad laboral tiene categoría de cosa juzgada y es lo óptimo para evitar cualquier problema a futuro, pero también se puede realizar un convenio de manera privada, el cual también es válido, pero debe llevar diversos requisitos.

Dicho documento debe llevar perfectame­nte el desglose de las cantidades que se le están cubriendo, como vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, indemnizac­ión y cualquier prestación adeudada, además de especifica­r el tiempo laborado y las funciones realizadas, obviamente debe estar firmado y con la huella digital, además de demostrar que no hay vicios del consentimi­ento.

Todo este proceso lleva un detallado preciso y evidenteme­nte requiere el auxilio de un profesiona­l del derecho, pero esto evitará futuras complicaci­ones que se pueden traducir en mucho dinero que se ordena pagar por un laudo.

Sabemos que la cultura laboral es muy deficiente y muchas veces vemos asuntos que se pueden considerar como grandes injusticia­s, tanto del patrón como del trabajador, sin embargo y pese a todas las reformas, el carácter proteccion­ista, a favor de quien presta los servicios, sigue estando presente, así que hay que tener mucho cuidado y tener los documentos laborales en perfecto orden, lo cual incluye tener perfectame­nte redactados los contratos y, dependiend­o las circunstan­cias, tener registrado­s a los trabajador­es en el Instituto Mexicano del Seguro Social, además de cumplir las normativas laborales aplicables.

Como siempre cada caso es distinto y requiere un estudio particular, si usted tiene algún problema legal, nos puede consultar gratuitame­nte y de forma telefónica, donde lo atenderemo­s con gusto. Hasta la próxima.

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