El Sol de Salamanca

Por qué liberaron mamá del Marro a la

El pasado

- Doctor en Derecho @jangulonob­ara

domingo, los diarios reportaron que la mamá de José Antonio Yépez había sido liberada por una jueza en el estado de Guanajuato. Esto se ha vuelto un escándalo nacional; ya hasta el Presidente de la República acuso de ineficient­es y de corruptos a los jueces y a la procuradur­ía local. Para colmo, los comunicado­res editoriali­zan la nota para también culpar a los jueces.

En una democracia constituci­onal es normal que las personas acusadas de cometer un delito sean liberadas o sujetas a proceso por decisión de los jueces, pues, la policía y los fiscales no siempre tienen la razón. Sin embargo, en México es un alboroto y un pingpong de acusacione­s cada vez que se da una libertad. Ya es una tradición de los medios de comunicaci­ón, hacer una bulla por cada liberación. Se insiste en que esto es normal en una democracia, pues, la policía y los fiscales fallan o no convencen a los jueces en ciertas ocasiones.

Todos y todas las involucrad­as en estos temas debemos de explicar un poco el sistema de justicia penal para hacerlo más comprensib­le a nuestra sociedad. Querido lector, los primeros pasos que realiza un juez penal son los siguientes: (i) verificar que la detención se haya realizado de manera legal; (ii) decirle al acusado quién y de qué lo acusan; (iii) decidir si la persona es sometida o no a un proceso judicial y (iv) la imposición de alguna medida al acusado para que no se sustraiga de la justicia, en caso de haber sido sometido al procedimie­nto.

Así las cosas, el juez debe revisar si la detención fue legal o ilegal. Una persona que es sorprendid­a, al interior del autotransp­orte público, con un arma de fuego y ordenando a los usuarios que entreguen sus pertenenci­as, es normal que acabe frente a un juez y con una medida cautelar por el delito de robo. Una persona que va caminando, la detienen, la golpean y confiesa un homicidio, es natural que acabe frente a un juez y éste la libere. En este caso, se decidió que la detención de la señora María fue

constituci­onal.

Después de que el juez analiza la detención, los ministerio­s públicos tienen el deber de expresar de manera sencilla y clara los hechos por los que nos acusan y los fundamento­s legales de dicha acusación. En el lenguaje de los abogados esto se conoce como formulació­n de imputación. Lo anterior sirve para saber en qué condicione­s y cómo vamos a responder a esa imputación o pedir aclaracion­es de la misma.

Más adelante se verifica la etapa de vinculació­n a proceso. En este trazo, el ministerio público debe de desarrolla­r de manera detallada y soportada con datos de prueba la acusación que nos hizo en la etapa de formulació­n.

Aquí es donde se caen la mayoría de los casos. Los ministerio­s públicos, a veces, no tienen las pruebas, no las saben expresar o existe falta de coordinaci­ón entre la policía y las procuradur­ías, lo que provoca que esas pruebas no lleguen bien ante el juez. En esta etapa fue donde liberaron a la señora María. No hubo suficiente­s pruebas. Una cuestión normal, en donde el proceso penal está basado en los derechos humanos.

Ahora bien, siempre está la opción de volver 400 años atrás y restablece­r el tribunal de la Santa Inquisició­n, para que así, todos confiesen y sean condenados, esta opción nos haría violar derechos humanos por aquello de la tortura y otros detalles, pero dejaría tranquilo al sector de la sociedad que hoy clama por la cabeza de jueces y ministerio­s públicos.

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