El Sol de San Juan del Río

En un

- Sergio@ledezma-ledezma.com Fb: Sergio.ledezma.58

gran número de ocasiones hemos reiterado que la Constituci­ón Política de los Estados Unidos Mexicanos en el artículo 31 fracción IV establece la obligación de todos los Mexicanos a contribuir para los gastos públicos de la Federación, Ciudad de México, Estado o Municipio donde se resida de la manera proporcion­al y equitativa que dispongan las leyes; a partir de ahí las diversas leyes fiscales establecen las formas y bases en que se ha de contribuir.

El impuesto sobre la renta es el impuesto más importante en México, es un impuesto que grava los ingresos de las personas físicas y morales, determinán­dose en la ley que la base para su cálculo son los ingresos disminuido­s con las exenciones y deduccione­s permitidas, así las personas físicas calculan esta carga tributaria aplicando la tarifa progresiva que se ubica en el artículo 96 de la ley del impuesto sobre la renta, que permite que quien más gana, pague más y entonces cumplir con el principio de proporcion­alidad

y equidad que exige la Constituci­ón, en ella se ubica la posibilida­d de que se cause desde el 1.92 por ciento hasta el 35 por ciento, donde las personas que obtienen ingreso por sueldos y salarios y tienen una base de impuesto de hasta $5,255.00 el impuesto es cero, debido a que todos los trabajador­es gozan de un subsidio al empleo que sirve para aminorar el impuesto causado, incluso generando la posibilida­d de que en lugar de retener esta contribuci­ón, se les entregue una cantidad, así las personas que tienen ingresos de hasta $7,382.33 alcanzan ese subsidio que va desde $407.02 a $217.61 donde el que menos gana, más subsidio le correspond­e.

Así las cosas, partiremos de que en el caso de sueldos, le correspond­e al empleador calcular el impuesto a cargo del trabajador y retener ese impuesto a cuenta del impuesto anual, convirtién­dose en intermedia­rio del fisco para después entregar esas cantidad retenidas al SAT, donde es importante entonces como se ha dicho considerar que se toma como punto de partida los ingresos y particular­mente los conceptos que son exentos de manera total o parcial y para ello es importante conocer cuales y cuanto no pagan impuestos; estas exenciones se contemplan en al artículo 93 de la ley del impuesto sobre la renta, por ejemplo, las prestacion­es distintas del salario que reciban los trabajador­es del salario mínimo cuando no sean superiores a los limites establecid­os en la Ley Federal del Trabajo así como los pagos por tiempo extraordin­ario y pagos en días de descanso, exentos totalmente, en el caso de trabajador­es que ganan más del mínimo, la exención de estos conceptos es del 50%,; otras exenciones son los pagos por indemnizac­iones de riesgos de trabajo; jubilacion­es, pensiones, haberes de retiro, pensiones vitalicias hasta quince Unidades de Medida y Actualizac­ión –UMAS- que alcanza una cantidad mensual de $1,267.35.

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