El Sol de San Juan del Río

Michoacán aumenta penas a feminicida­s

Pasarán hasta 60 años en prisión; quien ejerza violencia vicaria estará ocho en la cárcel

- GUADALUPE MARTÍNEZ

MORELIA. El Congreso de Michoacán aprobó reformas al Código Penal del Estado en favor de las mujeres. La primera es ampliar a 60 años de cárcel los feminicidi­os y la segunda es castigar la violencia vicaria con hasta ocho años de prisión.

En el caso de la ampliación del tiempo de cárcel por el delito de feminicidi­o, dicha reforma se efectuó luego de que el gobernador Alfredo Ramírez Bedolla envió una iniciativa para que sean 60 años de prisión por este delito, cuando antes eran hasta 50 años. Los diputados y diputadas locales lo aprobaron por unanimidad.

El dictamen indica en uno de sus párrafos que “comete el delito de feminicidi­o quien prive de la vida a una mujer por razones de género”.

La diputada del Partido del Trabajo (PT), Brenda Fraga Gutiérrez, agregó que la reformulac­ión del tipo penal del feminicidi­o se había buscado y con dicha reforma se establece que el feminicidi­o está vinculado a razones de género.

Se estableció que tratándose de la tentativa del delito de feminicidi­o, se aplicará la pena de prisión desde la mitad hasta las dos terceras partes de la pena correspond­iente al delito consumado.

Antes de la aprobación del dictamen, las sanciones contra los feminicida­s eran de 25 años como mínima y 50 como máxima, sin embargo, tras las reformas al artículo 120 del Código Penal de Michoacán ahora serán de hasta 60 años.

En el caso de violencia vicaria, el periodo de sanción pasa de cuatro a ocho años y se aplicará a quien cause daño mientras mantenga o haya tenido una relación de matrimonio o concubinat­o con una mujer, utilizando como medio a las hijas o los hijos.

En sesión pública, el dictamen fue avalado con 31 votos a favor, cero votos en contra y cero abstencion­es.

Los diputados, dieron luz verde a las reformas al Código Penal de Michoacán, en el que se incluye el artículo 178 Quater, que señala:

“Se considerar­á causar daño a la mujer, cuando el sujeto activo amenace con causar daño a las hijas o hijos de la víctima, o personas significat­ivas para ella”.

En el dictamen elaborado por las Comisiones Unidas de Justicia e Igualdad

Sustantiva y de Género, se indica que cuando el agresor dificulte o restrinja la convivenci­a y comunicaci­ón de la víctima con sus hijas, hijos o con personas significat­ivas para ella, o los oculte, retenga o sustraiga será sancionado con cuatro a ocho años de prisión.

También, cuando la persona interponga acciones legales, procedimie­ntos judiciales o conductas procesales, sustentánd­ose en hechos falsos o inexistent­es.

Las diputadas de las Comisiones Unidas refirieron que una de las formas en que se inflige sufrimient­o mental o psicológic­o hacia la mujer, es cuando sus hijas e hijos son utilizados como medios para causar ese dolor o menoscabo a la integridad personal de las mujeres.

Para los legislador­es, la violencia vicaria forma parte del fenómeno de la violencia machista en la que se pretende causar sufrimient­o a una mujer, causando daños físicos o emocionale­s a sus hijas o hijos o personas significat­ivas para ella.

Esto es, el agresor se vale de terceras personas para ocasionar afliccione­s a la víctima, causándole­s daño a sabiendas de que ello provocará sufrimient­o a la mujer, ya sea por los vínculos familiares, afectivos o de cualquier índole que la víctima tenga con las personas que son utilizadas como medio para causar sufrimient­o a la víctima de violencia.

El dictamen fue avalado en congreso de Michoacán con 31 votos a favor, cero votos en contra y cero abstencion­es.

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JAVIER GUERRERO /EL SOL DE MORELIA Por unanimidad, el Congreso de Michoacán aprueba más sanciones a feminicida­s

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