El Sol de San Juan del Río

SCJN discute el

Los artículos establecen penas de entre dos y siete años a quien “re alice cualquier acto tendente a obtener y proporcion­ar informació­n"

- ALFREDO FUENTES El Sol de M éxico

CDMX. Por segunda vez en menos de un año, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) debatir á las limitantes que supone el delit o conocido como halconeo en contra de la libertad de expresión y la labor de las y los periodista­s.

La discusión girará en torno a la acción de inc onstitucio­nalidad 94/20 19 interpuest­a por la Comisión N acional de los Derechos Humanos (CNDH) en c ontra de los artículos 222-a y 222-b del Código Penal de Guanajuato.

Dichos artíc ulos e stablecen pen as de entre dos y siete años a quien “re alice cualquier acto tendente a obtener y pr oporcionar informació­n sobre las actividade­s de los servidores públicos de las institucio­nes de se guridad públic a, pr ocuración o administra­ción de justicia, o de ejecución de pen as”, es decir, halconeo.

Aunque se e stablece que dicha acc ión debe c onjugarse p ara que se c ometa un “hecho delictuoso o p ara ent orpecer el cumplimien­to de f unciones de se guridad pública, procuració­n o impartició­n de justicia, o de ejecución de penas”, la CNDH y organizaci­ones c iviles c omo Artíc ulo-19 acusan que su redacc ión provoca falta de seguridad jurídica y que v iolenta el derecho a la inf ormación.

“El tipo pen al e stablece c omo sujet o activo a c ualquier per sona, no delimit a una c alidad e specífica, c uando refiere ‘a quien realice’", ac usa Artíc ulo 19 seguido de ‘c ualquier act o tendente a obtener y proporcion­ar informació­n’, en donde engloba un sin n úmero de acc iones, incluso cualquier atisbo, conjetura, indicio o sospecha de alguna acción que busque ‘obtener y pr oporcionar inf ormación’. Con la sola ‘tent ativa’ de obtener inf ormación, tendría aplicación esta norma pen al.

“(...) Por ejemplo, la finalidad de entorpecer el c umplimient­o de la pr ocuración de justicia o seguridad pública, resulta indetermin­ada y en ella pueden c aber mul

CNDH y organizaci­ones civiles acusan que su redacc ión violenta el derecho a la inf ormación

analizará el delito contra la labor periodísti­ca tiplicidad de acciones que aún con alguna manifestac­ión mínima o ‘tendente a’, puede impactar severament­e el ejerc icio periodísti­co al aplic arle e ste tipo pen al”, advirtió Artíc ulo-19 c uando f ue pr omulgada la ref orma en ag osto de 2019.

De acuerdo con la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, esta acción la suelen realizar niñas, niños, adolescent­es, que son “reclut ados” por la delincuenc­ia organizada para vigilar los movimiento­s de las policías y militares, así como adversario­s de otros cárteles, de c iviles, e stablecimi­entos c omerciales y domicilios particular­es.

Sin embargo, es una práctica que realizan personas de cualquier edad, por lo que en e se c ontexto y ante la crec iente

ola de criminalid­ad una veintena de estados decidieron legislar en su momento en c ontra de e sta pr áctica, entre ellos Guanajuato.

También reformaron sus códigos Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Colima, D urango, Estado de México, Guerrero, Hidalgo, J alisco, Nayarit, Nuevo Le ón, Oax aca Puebla, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Ver acruz, Y ucatán, Z acatecas y Quintana Roo.

Este último el c ual se v io oblig ado a derogar el delito apenas en mayo de 2022, luego de que la SCJN así se lo mandató tras discutir otra acc ión de inc onstitucio­nalidad impulsada por la CND H.

De esta manera, se espera que tomando en cuenta sus precedente­s, la Corte decida derogar los artíc ulos 222-a y 222-b de su Códig o Pen al, debido a la f alta de claridad que hay en sus redacc iones, como acusa la CND H.

El pr oyecto, aún sin public ar, e stá a cargo del ministro Luis María Aguilar Morales.

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ARCHIVO/CUARTOSCUR­O La Suprema Corte

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