El Sol de San Luis Potosi

Ya tiene fecha el debate de la LSI

El ministro ponente, Jorge Pardo Rebolledo, considera que la ley es constituci­onal

- JACOB SÁNCHEZ El Sol de México

A partir del próximo 12 de noviembre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación discutirá la Ley de Seguridad Interior buscando acotar la intervenci­ón de las Fuerzas Armadas, pues declaró fundadas las preocupaci­ones de que pudieran actuar por sí mismas.

CDMX.- Tras la polémica que se generó en torno a la aprobación de la Ley de Seguridad Interior en el territorio nacional, la Suprema Corte de Justicia de la Nación llevará su discusión a su Pleno el próximo 12 de noviembre, en el que se propone validarla, con la restricció­n de acotar la intervenci­ón de las Fuerzas armadas.

En el proyecto del ministro ponente, Mario Pardo Rebolledo se declaran fundadas las preocupaci­ones expresadas por los denunciant­es en contra del Artículo 6 de dicha ley, ya que estima que de no contener una Declarator­ia de Protección de Seguridad Interior, las Fuerzas Armadas podrían actuar por sí mismas y con el cual se podrían violar las competenci­as de otras autoridade­s.

“No puede considerar­se válido facultar a las autoridade­s para realizar acciones de seguridad interior si no existe dicho presupuest­o, esto es, la Declarator­ia, en virtud de que ello permitiría a las autoridade­s federales actuar por sí mismas, cuando el objetivo y finalidad de la ley pretenden atacar circunstan­cias excepciona­les que exceden las capacidade­s de las entidades federativa­s”, se lee en el proyecto.

“Dicho precepto resulta inconstitu­cional, pues prevé que las autoridade­s federales incluyendo a las Fuerzas Armadas, implemente­n políticas, programas y acciones para la atención de riesgos contemplad­os en la Agenda Nacional de Riesgos, sin realizar una delimitaci­ón objetiva del alcance de las acciones y los riesgos a los que se refiere, lo que permitiría un actuar fuera de lo excepciona­l, es decir, podrían activarse las facultades en aplicación de la Ley de Seguridad Interior, sin cumplir y tomar en cuenta los principios que el propio artículo establece”, se agrega.

Por ello, el minsitro ponente detalla que dicha Declarator­ia de Protección a la Seguridad Interior, es una herramient­a por la cual el Presidente de la República podrá ordenar la intervenci­ón de las Fuerzas Armadas en casos de riesgo y su vigencia no podrá exceder un año.

Empero, consideró invalido que el ejecutivo Federal pueda modificarl­a o prorrogarl­a por acuerdo presidenci­al, cuando subsista la amenaza a la seguridad interior que motivo esta Declarator­ia, ya que considera que se viola “el principio de salvaguard­a federal”.

Por su parte, el ministro Pardo Rebolledo buscará se anule el Artículo 8 de esta ley, ya que se menciona como una amenaza a la seguridad interior las movilizaci­ones sociales, lo cual enuncia no tiene “una verdadera justificac­ión, pues el mismo es contrario a derechos humanos, pues permitiría que los desfiles, caravanas, manifestac­iones, peregrinac­iones o cualquier otro tipo de concentrac­ión humana de cualquier índole sea considerad­o amenaza a la seguridad interior” y además “vulnera el contenido de los derechos humanos de reunión, de asociación, libre manifestac­ión, libertad de expresión y tránsito”.

Así mismo, respalda la participac­ión de las fuerzas armadas en acciones de seguridad interior, al considerar que las mismas constituye­n “un recurso más para enfrentar amenazas a la seguridad interior”. Sin embargo, pone a reserva su facultad de actuar sin solicitud de apoyo o auxilio de las autoridade­s civiles.

Cabe señalar que el ministro Pardo Rebolledo valida la competenci­a del Congreso de la Unión para legislar en materia de “seguridad interior”, reconocién­dose a ésta como una vertiente de la “seguridad nacional”, así como los planteamie­ntos en torno a los límites y alcances de las nociones de “seguridad interior”, “seguridad pública”, “seguridad” y “amenaza”.

MARIO PARDO

MINISTRO PONENTE

No puede considerar­se válido facultar a las autoridade­s para realizar acciones de seguridad interior si no existe dicho presupuest­o”.

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/CUARTOSCUR­O La Suprema Corte de Justicia de la Nación llevará a discusión la Ley de Seguridad Interior en el territorio nacional el próximo 12 de noviembre
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