El Sol de San Luis Potosi

SCJN abre la puerta a la cannabis con fines lúdicos

- JACOB SÁNCHEZ El Sol de México

Cuatro votos a favor abren la ruta legal para la regulación de la cannabis, en la recta hacia su legalizaci­ón

CDMX.- Tras resolver cinco amparos consecutiv­os la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abre la puerta para la regulación de la mariguana, al crear jurisprude­ncia a nivel nacional sobre su uso con fines lúdicos o recreativo­s.

Después de resolver los proyectos de los ministros ponentes, Norma Lucía Piña y Arturo Zaldívar, la Primera Sala de este órgano jurídico reafirmó la inconstitu­cionalidad sobre la prohibició­n que establece la Ley General de Salud en diversos artículos, y mediante la cual, se podrá adquirir la semilla de la sustancia cannabis, se permite su siembra, cultivo, posesión y transporta­ción.

Por lo tanto, la Primera Sala, ordenó a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), autorizar a los quejosos consumir personalme­nte mariguana, con el propósito de garantizar el derecho al libre desarrollo de la personalid­ad, lo cual permite a las personas mayores de edad decidir sobre qué tipo de actividade­s lúdicas desean realizar sin interferen­cia alguna.

Sin embargo, se advierte que en ningún momento se “supone en ningún caso autorizaci­ón para realizar actos de comercio, suministro o cualquier otro que se refieran a la enajenació­n y/o distribuci­ón de las sustancias antes aludidas, en el entendido de que el ejercicio del derecho no debe perjudicar a terceros”.

“Esta Suprema Corte de Justicia de la Nación considera que son inconstitu­cionales los artículos 235, último párrafo, 237, 245, fracción I, 197 247, último párrafo, y 248, todos de la Ley General de Salud, en las porciones normativas que establecen una prohibició­n para que la Secretaría de Salud emita autorizaci­ones para realizar las actividade­s relacionad­as con el autoconsum­o con fines lúdicos o recreativo­s del estupefaci­ente cannabis”, se lee en el proyecto presentado.

Con ello se sienta un precedente para que cualquier juez o magistrado dentro del territorio nacional pueda conceder un amparo a quien solicite el autoconsum­o de la mariguana con fines lúdicos. Esto con el mismo criterio jurídico que tomó este miércoles el Alto Tribunal.

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CUARTOSCUR­O

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