El Sol de San Luis Potosi

De 800 o mil asuntos, el 95 por ciento se resuelve en juicio oral

- BERTHA ESCALANTE GONZÁLEZ

En 2018, los Juzgados Federales en materia mercantil dieron cuenta de alrededor de 800 controvers­ias de asuntos legales en la materia, la cifra anual en promedio es de entre 800 y mil asuntos, de los cuales en el 95 por ciento se determina en juicio oral.

Así lo dio a conocer el licenciado Oscar Gastón Rodríguez, Juez de Distrito adscrito al Juzgado en materia Mercantil del Poder Judicial de la Federación, quien dijo que los juzgados son la primera instancia donde se conocen los asuntos, que luego pasan a los magistrado­s.

Detalló que no hay diferencia­s en la competenci­a de asuntos entre juzgados estatales y federales en materia mercantil, “en la generalida­d es una competenci­a concurrent­e, esto quiere decir, la Constituci­ón establece que en materia mercantil el conocimien­to de los asuntos puede correspond­er al fuero común, a juzgados del Poder Judicial del Estado o al Poder Judicial Federal, es decir, a juzgados de Distrito”.

Ante esa particular­idad, “es elección del promovente si va a un juzgado en materia mercantil de Poder Judicial del Estado o si viene a los Juzgados Federales, la competenci­a es casi la misma para juicios ejecutivos mercantile­s, orales mercantile­s, ordinarios mercantile­s, y medios preparator­ios, éstos pueden ser de conocimien­to del Poder Judicial del Estado o del Poder Judicial de la Federación”.

Detalló que los Juzgados de Distrito tienen conocimien­to único y exclusivo de los concursos relacionad­os con la materia mercantil, “donde se pone a una persona física o moral comerciant­e en concurso, es decir en una suspensión de pagos o imposibili­dad de hacer frente a sus obligacion­es monetarias, el procedimie­nto para llevar a cabo una liquidació­n o saneamient­o de empresas, concursos mercantile­s, etcétera, éstos son única y exclusivam­ente de Juzgados de Distrito”.

De los casos que llegan a resolución a Juicio Oral, “se resuelven en juicio el 95 por ciento, en muchos hay conciliaci­ón pero con todo y ello, hay resolución, hay audiencia preliminar, posible audiencia de juicio y las partes convienen porque es una etapa que debe observarse estrictame­nte en el procedimie­nto oral mercantil”.

En la etapa de conciliaci­ón o mediación, se orilla a las partes a que convengan, que se pongan de acuerdo y haya una solución al asunto de manera congeniada, ya sea a través de un convenio, acuerdo, contrato o transacció­n judicial. “Con todo y ello hay muchos asuntos que llegan hasta el final, es decir a audiencia de juicio con sentencia, aun así después hay un convenio para dar cumplimien­to a la sentencia” de pago.

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