El problema de las cárceles
En estos tiempos de incertidumbre,
esperanza y renovación, en que tantas cosas públicas, leyes e instituciones se cambian, revisan o modifican, ES IMPRESCINDIBLE QUE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA SEPA, en primer lugar, cuál es el sentido de la cárcel -privación o limitación de la libertad-, si reamente resuelve lo que es la impunidad, y cuál es la situación del sistema carcelario en el país. Se trata de algo muy grave y que incide de manera directa en el llamado Estado de Derecho.
Al margen de explicaciones más amplias la cárcel representa en México y en el mundo entero la culminación de una crisis en la función del Derecho Penal. La cárcel no regenera ni tampoco readapta al delincuente; lo que pone en entredicho la auténtica función del Derecho Penal, que no es meramente enfrentar la acción delictiva con una pena inútil. Conclusión la anterior a la que ha llegado directa o indirectamente lo más granado del pensamiento jurídico penal en el mundo.
Ahora bien, he dicho que la cárcel no regenera ni tampoco readapta, lo que sin duda debería hacer pero en un contexto social distinto del actual. El artículo 18 de la Constitución -hoy tan lamentablemente deformado- prescribe la que en la Escuela Positiva se ha denominado readaptación social del delincuente sobre la base, fundamentalmente, del trabajo, la capacitación para el mismo y la educación. Lo que pasa es que la realidad es otra. ¿Readaptar para que el sujeto vuelva, regrese, a una sociedad criminógena de suyo? Sociedad de consumo con reglas inmisericordes de competencia. Así es el mundo de hoy, así está forjado. Es como se dice o diría el cuento de nunca acabar: supuestamente readaptar para que el individuo regrese, retorne, al mismo medio social que lo orilló a delinquir. ¿Soy pesimista?
18 de la Constitución -hoy tan lamentablemente deformadoprescribe la que en la Escuela Positiva se ha denominado readaptación social del delincuente sobre la base, fundamentalmente, del trabajo, la capacitación para el mismo y la educación. Lo que pasa es que la realidad es otra. ¿Readaptar para que el sujeto vuelva, regrese, a una sociedad criminógena de suyo? Sociedad de consumo con reglas inmisericordes de competencia. Así es el mundo de hoy, así está forjado. Es como se dice o diría el cuento de nunca acabar: supuestamente readaptar para que el individuo regrese, retorne, al mismo medio social que lo orilló a delinquir. ¿Soy pesimista? Véase la realidad. La violencia no disminuye, la criminalidad tampoco, y el Derecho Penal sigue manejando en la especie fórmulas de pura apariencia legal pero sin eficacia.
El artículo
Véase la realidad. La violencia no disminuye, la criminalidad tampoco, y el Derecho Penal sigue manejando en la especie fórmulas de pura apariencia legal pero sin eficacia. Se reconoce por supuesto que la cárcel hoy por hoy es necesaria, insubstituible, porque no hay otra salida a la vista; siendo un absurdo que se crea en ella a pies juntillas, invirtiendo equivocadamente uno y mil recursos para fortalecerla y abarrotándola indiscriminadamente. La gran pregunta es qué hacer, sobre todo en México donde la corrupción y la violencia han llegado a límites alarmantes. Se debería recurrir a la cárcel de manera ocasional y provisional, optando primordialmente por penas pecuniarias, en particular tratándose del narcotráfico y de la que se llama delincuencia organizada. En suma, la cárcel no ha contribuido para nada a la disminución de la violencia y de la corrupción, pues ella es corrupta en sí en un elevado porcentaje. Por eso las penas privativas de la libertad tienen la marca de la venganza y de la inutilidad. ¿Es ésta la función del Derecho Penal? Lo poco, poquísimo, que le quedaba de ejemplaridad a la cárcel ha caído en el olvido y el desuso ante el alud de la violencia y de la corrupción que la burla y esquiva. En consecuencia propongo que se revise substancialmente la función del Derecho Penal y que el sistema carcelario en México, dejándolo para casos extremadamente graves, le ceda su lugar a las penas pecuniarias. Hay que modificar la ley y reformar la Constitución en su artículo 18 para que la cárcel -siempre, repito, con un sentido provisional- opere bajo la idea de la pena que educa, que busca rectificar desviaciones morales, huyendo de la venganza inútil que en rigor es una negación del auténtico Estado de Derecho. Insisto por ello en que ES IMPRESCINDIBLE QUE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA SEPA a fondo del problema.