El Sol de San Luis Potosi

El problema de las cárceles

- Raúl Carrancá y Rivas @RaulCarran­ca www.facebook.com/despacho.raulcarran­ca

En estos tiempos de incertidum­bre,

esperanza y renovación, en que tantas cosas públicas, leyes e institucio­nes se cambian, revisan o modifican, ES IMPRESCIND­IBLE QUE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA SEPA, en primer lugar, cuál es el sentido de la cárcel -privación o limitación de la libertad-, si reamente resuelve lo que es la impunidad, y cuál es la situación del sistema carcelario en el país. Se trata de algo muy grave y que incide de manera directa en el llamado Estado de Derecho.

Al margen de explicacio­nes más amplias la cárcel representa en México y en el mundo entero la culminació­n de una crisis en la función del Derecho Penal. La cárcel no regenera ni tampoco readapta al delincuent­e; lo que pone en entredicho la auténtica función del Derecho Penal, que no es meramente enfrentar la acción delictiva con una pena inútil. Conclusión la anterior a la que ha llegado directa o indirectam­ente lo más granado del pensamient­o jurídico penal en el mundo.

Ahora bien, he dicho que la cárcel no regenera ni tampoco readapta, lo que sin duda debería hacer pero en un contexto social distinto del actual. El artículo 18 de la Constituci­ón -hoy tan lamentable­mente deformado- prescribe la que en la Escuela Positiva se ha denominado readaptaci­ón social del delincuent­e sobre la base, fundamenta­lmente, del trabajo, la capacitaci­ón para el mismo y la educación. Lo que pasa es que la realidad es otra. ¿Readaptar para que el sujeto vuelva, regrese, a una sociedad criminógen­a de suyo? Sociedad de consumo con reglas inmiserico­rdes de competenci­a. Así es el mundo de hoy, así está forjado. Es como se dice o diría el cuento de nunca acabar: supuestame­nte readaptar para que el individuo regrese, retorne, al mismo medio social que lo orilló a delinquir. ¿Soy pesimista?

18 de la Constituci­ón -hoy tan lamentable­mente deformadop­rescribe la que en la Escuela Positiva se ha denominado readaptaci­ón social del delincuent­e sobre la base, fundamenta­lmente, del trabajo, la capacitaci­ón para el mismo y la educación. Lo que pasa es que la realidad es otra. ¿Readaptar para que el sujeto vuelva, regrese, a una sociedad criminógen­a de suyo? Sociedad de consumo con reglas inmiserico­rdes de competenci­a. Así es el mundo de hoy, así está forjado. Es como se dice o diría el cuento de nunca acabar: supuestame­nte readaptar para que el individuo regrese, retorne, al mismo medio social que lo orilló a delinquir. ¿Soy pesimista? Véase la realidad. La violencia no disminuye, la criminalid­ad tampoco, y el Derecho Penal sigue manejando en la especie fórmulas de pura apariencia legal pero sin eficacia.

El artículo

Véase la realidad. La violencia no disminuye, la criminalid­ad tampoco, y el Derecho Penal sigue manejando en la especie fórmulas de pura apariencia legal pero sin eficacia. Se reconoce por supuesto que la cárcel hoy por hoy es necesaria, insubstitu­ible, porque no hay otra salida a la vista; siendo un absurdo que se crea en ella a pies juntillas, invirtiend­o equivocada­mente uno y mil recursos para fortalecer­la y abarrotánd­ola indiscrimi­nadamente. La gran pregunta es qué hacer, sobre todo en México donde la corrupción y la violencia han llegado a límites alarmantes. Se debería recurrir a la cárcel de manera ocasional y provisiona­l, optando primordial­mente por penas pecuniaria­s, en particular tratándose del narcotráfi­co y de la que se llama delincuenc­ia organizada. En suma, la cárcel no ha contribuid­o para nada a la disminució­n de la violencia y de la corrupción, pues ella es corrupta en sí en un elevado porcentaje. Por eso las penas privativas de la libertad tienen la marca de la venganza y de la inutilidad. ¿Es ésta la función del Derecho Penal? Lo poco, poquísimo, que le quedaba de ejemplarid­ad a la cárcel ha caído en el olvido y el desuso ante el alud de la violencia y de la corrupción que la burla y esquiva. En consecuenc­ia propongo que se revise substancia­lmente la función del Derecho Penal y que el sistema carcelario en México, dejándolo para casos extremadam­ente graves, le ceda su lugar a las penas pecuniaria­s. Hay que modificar la ley y reformar la Constituci­ón en su artículo 18 para que la cárcel -siempre, repito, con un sentido provisiona­l- opere bajo la idea de la pena que educa, que busca rectificar desviacion­es morales, huyendo de la venganza inútil que en rigor es una negación del auténtico Estado de Derecho. Insisto por ello en que ES IMPRESCIND­IBLE QUE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA SEPA a fondo del problema.

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