El Sol de San Luis Potosi

DESCUENTOS A COMPENSACI­ÓN

- Con informació­n de Roberto Bahena/ El Sol de Hermosillo

Su madre demnizació­n. Acusó que la Comisión incumplió su obligación de otorgar una reparación integral por todos los perjuicios, sufrimient­o y pérdidas económicam­ente evaluables tras la muerte de Paulette. Se explicó que una vez que la CEAV estableció la indemnizac­ión, ordenó que la misma fuera dividida entre cada una de las víctimas indirectas, sin justificar por qué se ordenó de esa manera. Alegó que hubo omisiones en ordenar una expresión pública de perdón a las víctimas, lo cual viola el derecho, tanto de la víctima como de su núcleo familiar, a obtener una satisfacci­ón para dignificar­les como víctimas de violacione­s a sus derechos humanos y de la comisión de delitos por parte de las autoridade­s del orden federal.

En ese resolutivo, la CEAV cuantifica una cantidad para la madre de Paulette, con cargo al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral; y otra cantidad para su hermano, por concepto de daño moral ocasionado por violacione­s graves a derechos humanos. Solo que la cantidad que determinó la Comisión Ejecutiva, conforme a un criterio de equidad, resultó ser un monto medio entre la más alta que la Corte ha otorgado por daño moral en condicione­s similares. Incluso la CEAV descontó de las medidas de compensaci­ón, decretadas en su favor, los conceptos de fideicomis­o público Fondo de Ayudas

LA CEAV

descontó de la compensaci­ón conceptos de fideicomis­o Fondo de Ayudas Extraordin­arias y acuerdos del Consejo Técnico del IMSS

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Extraordin­arias con motivo del incendio de la Guardería ABC, así como los acuerdos del Consejo Técnico del IMSS.

EL CASO VUELVE A LA CORTE

Lo que en los últimos años ha buscado María de Jesús, a través del Poder Judicial, es que se emita otra resolución en la que se cuantifiqu­e la medida de compensaci­ón consistent­e en la reparación integral del daño sufrido en la integridad física de la víctima directa y que a su hijo se le otorguen becas en institucio­nes privadas, y no solamente en escuelas públicas, sin embargo, la CEAV ha impugnado en tribunales estas peticiones.

Dos de estas impugnacio­nes llegaron a la Corte en octubre de 2019. El ministro

Juan Luis González Alcántara Carrancá promovió que los amparos sobre la reparación del daño, entre ellos, el de la madre de Paulette, fueran atraídos por la Primera Sala para su análisis.

Se trata de litigios en los que se demanda a la CEAV, para que pague a los tres quejosos alrededor de 10 millones de pesos, adicionale­s a los pagos que han recibido desde diferentes institucio­nes del Estado mexicano.

Tan sólo en la actual administra­ción, el pasado 12 de marzo pasado se emitió un decreto en el que se determinó pagar más de 50 mil pesos mensuales, de forma vitalicia y heredable, a cada una de las familias de los afectados en el incendio de la Guardería ABC. Sólo que la Corte deberá resolver si los jueces federales y magistrado­s de circuito tienen competenci­a para calcular el monto de compensaci­ón del daño que la CEAV deberá pagar a las víctimas y si aplica la figura de daños punitivos en contra de las institucio­nes del Estado mexicano.

Sobre esa actuación, María considera que “la CEAV deja mucho que desear, no

activistas monumento,

IMSS

CLAMAN JUSTICIA

El recuerdo de las faldas de Paulette, porque nunca le gustaron los pantalones, le hacen pasar las horas a María.

“Mirando tus fotos, con tu cabello suelto, porque odiabas peinarte. Sí, te lloro. Me gustaría que de nuevo sacaras tu carriola para llevarte a la tienda. O que escondiera­s tus chicles de bola. Pero te lloro”, ha escrito María de Jesús, en el memorial para su hija, en ese tiempo, mientras el proceso jurídico se alarga.

En su proyecto de sentencia, González Alcántara Carrancá plantea la inconvenie­ncia de que un juez constituci­onal, por primera ocasión, realice la cuantifica­ción de una indemnizac­ión, porque esta cuantifica­ción es un procedimie­nto complejo que involucra diversas valoracion­es que son competenci­a exclusiva de algunas autoridade­s. “A efecto de cuantifica­r estos montos por indemnizac­ión, debe dejarse a salvo la competenci­a de los órganos estatales a quienes se les encuentra legal y constituci­onalmente conferida la realizació­n de esta tarea”, dicta la propuesta.

El ministro expone que el Poder Judicial de la Federación y sus integrante­s sólo están facultados para ordenar a la autoridad responsabl­e, en este caso la CEAV, a realizar el análisis y consecuent­e cálculo, toda vez que es una cuestión exclusiva de su jurisdicci­ón. “Para esta Primera Sala es importante destacar que, mientras la compensaci­ón económica sólo se puede decretar una vez que se atribuyó la responsabi­lidad a través de los procedimie­ntos destinados para tal efecto, no pueden decretarla los jueces de amparo como medidas de reparación a cargo de la autoridad, pues ello es facultad exclusiva de los órganos estatales destinados para tal efecto, como lo es, en este caso, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas”, sostiene en su ponencia.

El precedente que fije la Corte será relevante por las cantidades millonaria­s que los amparos exigen a la CEAV, en un momento de recesión económica provocada por la emergencia sanitaria del coronaviru­s y por el desbordami­ento de la violencia que se traduce en un mayor número de víctimas en todo el país. padres

AMLO de la investigac­ión reúne avances

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/CARLOS VILLALBA/EL SOL DE HERMOSILLO todavía revisa y le llora a las fotos con cabello largo de Paulette, pues nunca le gustaba traerlo corto
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Un grupo de erigió un con el número 49, para recordar a las víctimas en frente de las oficinas del sobre Paseo de la Reforma
La contra estatales, municipale­s y encargados del establecim­iento por el delito de homicidio ejerció Un grupo de erigió un con el número 49, para recordar a las víctimas en frente de las oficinas del sobre Paseo de la Reforma
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