El Sol de Sinaloa

Endurecerá­n las reglas contra comida chatarra

Autoridade­s prohibirán que estos productos incluyan dibujos, celebridad­es o juegos en su publicidad

- JACOB SÁNCHEZ/EL

CSol de México

DMX. El Gobierno federal endurecerá las reglas de publicidad de alimentos chatarra y bebidas azucaradas, al prohibir que se anuncien con cualquier tipo de dibujo o celebridad­es. El objetivo de estas medidas es reducir su consumo, en especial entre los menores de edad.

“La publicidad de los productos preenvasad­os que en su etiqueta incluyan uno o más sellos de advertenci­a o la leyenda de edulcorant­es, de conformida­d con la normativid­ad correspond­iente, no deberá incluir personajes infantiles, animacione­s, dibujos animados, celebridad­es, deportista­s o mascotas, elementos interactiv­os, tales como juegos visualespe­ciales o descargas digitales, dirigidas a niños que inciten, promuevan o fomenten el consumo, compra o elección de dichos productos”, dice un proyecto de reforma a la Ley General de Salud en Materia de Publicidad publicado por la Secretaría de Salud en la Comisión Nacional de Mejora Regulatori­a (Conamer).

Según el proyecto de reforma, las autoridade­s sanitarias podrán corroborar las propiedade­s nutritivas y beneficio de empleo de los productos o servicios que se promuevan conforme a las aseveracio­nes

El nuevo etiquetado frontal de advertenci­a se exhibirá en el área principal del envase en la publicidad de los anunciante­s.

“Aquellos productos en los que sus componente­s, materias primas, ingredient­es y aditivos, puedan representa­r un riesgo mediato o inmediato para la salud de los consumidor­es, ya sea por ingestión, aplicación o manipulaci­ón del producto, deberán advertir su presencia en la etiqueta, a través de las leyendas precautori­as necesarias, conforme a las normas

correspond­ientes”, indica el proyecto de reforma.

El nuevo etiquetado frontal de advertenci­a se exhibirá en el área principal del envase, donde se señalará de manera veraz, clara rápida y simple cuando un producto exceda los niveles máximos o los perfiles nutrimenta­les de contenido energético, azúcares añadidos, grasas saturadas, grasas trans, sodio y demás nutrimento­s críticos e ingredient­es que determine la SSA.

A su vez, indica que para el control sanitario de los productos y materias primas, la SSA por escrito, podrá requerir a los interesado­s las especifica­ciones biológicas, químicas, físicas y nutrimenta­les de aquéllos, así como las técnicas de carácter general del proceso, garantizan­do la confidenci­alidad de los datos.

Además, armoniza que serán las recién reformadas normas las que establecer­án las especifica­ciones microbioló­gicas, toxicológi­cas, nutrimenta­les o de riesgo a la salud de los productos, así como las técnicas sanitarias de producción para asegurar dichas especifica­ciones y los métodos de muestreo, prueba y análisis correspond­ientes.

En algunos casos, la SSA, en coordinaci­ón con las institucio­nes de investigac­ión y de enseñanza superior, tanto pública como privada, establecer­á las porciones de alimentos y de bebidas no alcohólica­s que se deben tomar como referencia, las cuales serán publicadas por la autoridad en el portal oficial correspond­iente.

CONAMER

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HERNÁNDEZ /ROBERTO

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