Invasión de Derecho de Vía, Severo Riesgo en la Zona
Miles de familias a lo largo de Tamaulipas viven en riesgo debido a la sistemática invasión de derechos de vía del ferrocarril en zonas urbanas, reconoció la Unidad Estatal de Protección Civil, explicando que esto tiene una jurisdicción federal.
De acuerdo con la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario, en su artículo 32, toda construcción ajena a la infraestructura de la industria ferroviaria deberá estar ubicada a una distancia mínima de cien metros.
Pedro Granados Ramírez, director estatal de Protección Civil, comentó que aunque no generalizado sí existe este problema en las ciudades e incluso en zonas rurales, ya que hay cruces de ferrocarril con construcciones aledañas.
Reconoció que no existe una estadística real de construcciones y predios que están colindantes con las vías del ferrocarril que, sin embargo, pueden contarse por cientos en diferentes localidades del estado de Tamaulipas.
“Son áreas federales, en todo caso la autoridad federal podría normar o vigilar el cumplimiento más estricto de esto, en la región conurbada se tiene un problema recurrente no solo en la colonia Tamaulipas, sino también en la Morelos y zona norte de la ciudad, en Germinal, incluyendo Madero y Altamira”, aseveró Granados Ramírez.
Expuso que las empresas de ferrocarriles no están obligadas legalmente a informar el tipo de productos que mueven a través de las ciudades, detallando que todo esto es controlado por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, que es la autoridad al respecto.
LEY REGLAMENTARIA DEL SERVICIO FERROVIARIO
Artículo 32
“En los terrenos adyacentes a las vías generales de comunicación materia de esta Ley, hasta en una distancia de 100 metros del límite del derecho de vía, no podrán establecerse obras o industrias que requieran el empleo de explosivos, salvo previa autorización expresa de la Secretaría”.
“La Secretaría, en coordinación con la autoridad municipal correspondiente, de acuerdo a lo previsto en la legislación aplicable, podrá requerir que los predios colindantes a las vías férreas se cerquen o delimiten, según se requiera, respecto del derecho de vía, por razones de seguridad”.