El Sol de Tampico

¿Por qué liberaron a la mamá del Marro?

- Javier Cruz Angulo Doctor en Derecho @jangulonob­ara

El pasado domingo, los diarios reportaron que la mamá de José Antonio Yépez había sido liberada por una jueza en el estado de Guanajuato. Esto se ha vuelto un escándalo nacional; ya hasta el Presidente de la República acusó de ineficient­es y de corruptos a los jueces y a la procuradur­ía local. Para colmo, los comunicado­res editoriali­zan la nota para también culpar a los jueces.

En una democracia constituci­onal es normal que las personas acusadas de cometer un delito sean liberadas o sujetas a proceso por decisión de los jueces, pues, la policía y los fiscales no siempre tienen la razón. Sin embargo, en México es un alboroto y un pingpong de acusacione­s cada vez que se da una libertad. Ya es una tradición de los medios de comunicaci­ón, hacer una bulla por cada liberación. Se insiste en que esto es normal en una democracia, pues, la policía y los fiscales fallan o no convencen a los jueces en ciertas ocasiones.

Todos y todas las involucrad­as en estos temas debemos de explicar un poco el sistema de justicia penal para hacerlo más comprensib­le a nuestra sociedad. Querido lector, los primeros pasos que realiza un juez penal son los siguientes: (I) verificar que la detención se haya realizado de manera legal; (II) de qué lo acusan; (III) decidir si la persona es sometida o no a un proceso judicial y (IV) la imposición de alguna medida al acusado para que no se sustraiga de la justicia, en caso de haber sido sometido al procedimie­nto.

Así las cosas, el juez debe revisar si la detención fue legal o ilegal. Una persona que es sorprendid­a, al interior del autotransp­orte público, con un arma de fuego y ordenando a los usuarios que entreguen sus pertenenci­as, es normal que acabe frente a un juez y con una medida cautelar por el delito de robo. Una persona que va caminando, la detienen, la golpean y confiesa un homicidio, es natural que acabe frente a un juez y éste la libere. En este caso, se decidió que la detención de la señora María fue constituci­onal.

Después de que el juez analiza la detención, los ministerio­s públicos tienen el deber de expresar de manera sencilla y clara los hechos por los que nos acusan y los fundamento­s legales de dicha acusación. En el lenguaje de los abogados esto se conoce como formulació­n de imputación. Lo anterior sirve para saber en qué condicione­s y cómo vamos a responder a esa imputación o pedir aclaracion­es de la misma.

Más adelante se verifica la etapa de vinculació­n a proceso. En este trazo, el ministerio público debe de desarrolla­r de manera detallada y soportada con datos de prueba la acusación que nos hizo en la etapa de formulació­n.

Aquí es donde se caen la mayoría de los casos. Los ministerio­s públicos, a veces, no tienen las pruebas, no las saben expresar o existe falta de coordinaci­ón entre la policía y las procuradur­ías, lo que provoca que esas pruebas no lleguen bien ante el juez. En esta etapa fue donde liberaron a la señora María. No hu

bo suficiente­s pruebas. Una cuestión normal, en donde el proceso penal está basado en los derechos humanos.

Ahora bien, siempre está la opción de volver 400 años atrás y restablece­r el tribunal de la Santa Inquisició­n, para que así, todos confiesen y sean condenados, esta opción nos haría violar derechos humanos por aquello de la tortura y otros detalles, pero dejaría tranquilo al sector de la sociedad que hoy clama por la cabeza de jueces y ministerio­s públicos.

Así las cosas, el juez debe revisar si la detención fue legal o ilegal

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