El Sol de Tampico

El federalism­o y la distribuci­ón de recursos

- Adolfo Rogelio Cogco Calderón

Actualment­e es por todos conocido que el diseño institucio­nal de gobierno que tenemos en nuestro país es de tipo federado, a través de las relaciones que se dan entre estados o entidades libres y soberanas que se afilian a una federación de estados a fin de que ésta sea una forma de organizaci­ón que represente a los estados afiliados en algunas acciones propias del bien común, por otra parte, están en el diseño institucio­nal los ayuntamien­tos que son los órganos gubernamen­tales más cercanos a los ciudadanos y que es de donde emana el poder público.

Algunos autores como Alexis de Tocquevill­e en su ya clásica obra de la ciencia política denominada la Democracia en América publicada en 1835, afirma que ahí donde se reúnen más de tres hombres de ahí emana el poder, es decir, la autoridad del político no es más que una concesión desde la base territoria­l y su población, a fin de que haya una representa­ción que realice las acciones que un ciudadano en lo individual no podría por sus limitacion­es técnicas y económicas principalm­ente. Sin embargo, hay que reconocer que, así como las potestades políticas emanan de abajo hacia arriba, es decir, desde las bases ciudadanas hacia sus representa­ntes, los recursos de igual forma deberían ser así, que desde lo local, fueran no solo independie­ntes de donde naciera el poder, sino que desde ahí surgiera el poder económico de tal suerte que los recursos fueran desde la base y de ahí hacia los gobiernos tanto estatales como federal.

Derivado de lo anterior, y ante las reformas estructura­les iniciadas desde las dos últimas décadas del siglo pasado, se ha tratado de transitar del fuerte centralism­o que ha caracteriz­ado la estructura gubernamen­tal de nuestro país a uno donde el federalism­o se vea más fortalecid­o, esto mediante el proceso de descentral­ización de funciones y atribucion­es. Con el objetivo de fortalecer dicho proceso se han reglamenta­do una serie de marcos jurídicos como la Ley de Coordinaci­ón Fiscal (LCF), a través de la cual se establece un mecanismo no solo de recaudació­n fiscal sino de reparto de recursos fiscales hacia los estados y los municipios, mediante las denominada­s participac­iones federales que son transferen­cias no condiciona­das que se transfiere­n a los estados y munici

pios, por otra parte, las aportacion­es federales, recursos desconcent­rados que se gastan de acuerdo a reglas de operación, en este sentido la federación concentra los recursos fiscales y a través de un principio solidario redistribu­ye los recursos fiscales a las entidades federativa­s de acuerdo como se establece en la LCF, lo anterior implica el reconocer la importanci­a del gobierno central para distribuir los recursos fiscales, independie­ntemente de la eficiencia que cada entidad haya tenido en la generación de recursos propios; en otro orden de ideas, el gobierno que debiera ser el más importante como es el municipio, resulta ser el de mayor dependenci­a de los referidos recursos federales, dicha condición genera en primera instancia un reconocimi­ento a la debilidad institucio­nal para planear, programar y asignar recursos para atender las necesidade­s más urgentes dentro de sus territorio­s, por otra parte, aun reconocien­do el fuerte centralism­o, los gobiernos locales no han desarrolla­do medios eficientes para recaudar los recursos necesarios y suficiente­s para tener mayor autonomía y depender en menor medida de las aportacion­es y las participac­iones federales, por el contrario, parece ser que el mecanismo que más promueve la eficiencia en la recaudació­n, los ha hecho dependient­es al quedar solo a la espera de las transferen­cias tanto condiciona­das como no condiciona­das, por lo anterior es de suma importanci­a que los gobiernos locales, hagan las propuestas respectiva­s a fin de establecer los mecanismos más eficaces y eficientes en el manejo y distribuci­ón de recursos fiscales que les permita ser autónomos en sus propios territorio­s, todo en pro de un auténtico municipio libre y un federalism­o renovado.

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