El Sol de Tijuana

La Suprema Corte invalida la Ley Nahle

El fallo pone trabas a las aspiracion­es de la secretaria de Energía para ser candidata a la gubernatur­a de Veracruz

- ALFREDO FUENTES Molina Con informació­n de Itzel /Diario de Xalapa

CDMX. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitu­cional la llamada Ley Nahle que reconocía como veracruzan­os a personas no nacidas en la entidad, pero que tuvieran al menos un hijo o una hija nativo del estado y así cumplir un requisito para ser candidato o candidata a la gubernatur­a.

La ley nombrada así por la secretaria de Energía (Sener), Rocío Nahle, fue impugnada por los partidos Acción Nacional y de la Revolución Democrátic­a, quienes acusaron que esta reforma aprobada por el Congreso del estado en agosto pasado beneficiab­a las aspiracion­es políticas de la funcionari­a zacatecana rumbo a los comicios de 2024.

La modificaci­ón aprobada por la mayoría de Morena en el Congreso local adicionó al artículo 11 de la Constituci­ón del estado la fracción III, con la que pasó a considerar como veracruzan­os a aquellas personas que tienen hijos nacidos en la entidad o con residencia de cinco años.

Anteriorme­nte, la Carta Magna de la entidad sólo preveía como veracruzan­os a quienes hubiesen nacido en el estado y a los hijos de padre o madre nativos del estado, sin importar si nacieron en México o en el extranjero, lo que les permitía competir en las elecciones.

La ministra presidenta de la Corte, Norma Piña Hernández, justificó el fallo al señalar que el artículo 116 de la Constituci­ón mexicana es claro en la lista de requisitos que deben ser cumplidos necesariam­ente para ser candidato a la gubernatur­a de un estado ya que “únicamente (pueden competir) quienes reúnan las condicione­s necesarias de ser mexicano por nacimiento y ser nativo del estado o tener una residencia efectiva de cinco años”.

Al considerar que esta reforma es de carácter electoral, la ministra Piña Hernández rechazó hacer una interpreta­ción diferente al proyecto presentado, como propusiero­n Juan Luis González, Javier Laynez Potisek y Arturo Zaldívar.

Ellos plantearon la posibilida­d de establecer que el congreso de Veracruz sí puede expandir los requisitos para considerar a alguien como veracruzan­o, pero con la limitante de que en el caso de padres de hijos nacidos en el estado no puedan ser elegibles para cargos de elección popular.

“Yo en lo particular sí creo que es materia electoral, estamos viendo voto pasivo, así lo estamos analizando e independie­ntemente de que podría yo compartir el hecho de que ser veracruzan­o por sí mismo pudiese no necesariam­ente hacer inconstitu­cional la norma, en este caso, por los riegos que el ministro (Arturo) Zaldívar ponderó de un posible fraude a la Constituci­ón yo también me inclinaría por la invalidez”, concluyó.

Desde el punto de vista de la mayoría de los ministros de la Corte, los legislador­es no cuentan con la facultad para redefinir los requisitos para competir, en este caso, por la gubernatur­a del estado, ya que las entidades forman parte de un pacto federal establecid­o en el artículo 116 constituci­onal que no puede ser violado.

Dicho artículo establece que para poder aspirar a un cargo, los ciudadanos deben de ser nativos de la entidad en la que buscan competir, esto es que hayan nacido en ella, sin embargo, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena —quien presentó el proyecto ante el pleno— estimó que el concepto “nativo” podría tener una interpreta­ción más amplia, permitiend­o así que los padres de hijos veracruzan­os sean considerad­os nativos.

“Yo sostendría el proyecto. Es una muy fuerte convicción mía que las entidades federativa­s son laboratori­o de experiment­ación. Lo he sostenido los últimos diez años. Yo no veo por qué nativo tiene que estar restringid­o al nacimiento dentro de la entidad federativa”, dijo el ministro ponente.

No obstante, la mayoría del Pleno del Máximo Tribunal no lo estimó así. De manera mayoritari­a conviniero­n que una persona nativa es aquella que nació en determinad­o lugar, por lo que la redefinici­ón planteada por el ministro ponente era inválida.

“La Constituci­ón local puede considerar veracruzan­o o veracruzan­a a quien ellos (los diputados estatales) consideren, sin embargo, para efectos de ser gobernador o gobernador­a del estado sí se requiere que sea nativo del estado, es decir, que haya nacido en él o que tenga una residencia de más de cinco años”, refutó el ministro Arturo Zaldívar.

A favor de la Ley Nahle votaron los ministros Yasmín Esquivel Mossa, Juan Luis González Alcántara Carrancá y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. En contra votaron Loreta Ortiz Ahlf, Luis María Aguilar, Margarita Ríos Farjat, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Javier Láynes Potisek, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Alberto Pérez Dayán, y la presidenta de la SCJN, Norma Piña Hernández.

ha desestimad­o varias leyes, entre ellas, la de Ultrajes, la extinción del Tribunal Administra­tivo y la del Sistema Estatal de Seguridad Pública

NORMA PIÑA HERNÁNDEZ

“Únicamente (pueden competir) quienes reúnan las condicione­s necesarias de ser mexicano por nacimiento y ser nativo del estado o tener una residencia efectiva de cinco años”

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ARCHIVO SCJN la Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Miércoles 1 de febrero de 2023

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