Ordenan a Congreso evaluar nuevamente a Fernando Bernal
Mandatan a diputados locales declarar insubsistente los acuerdos de 2017. Si no cumplen serán multados y separados del cargo
Por mandato del Tercer Tribunal Colegiado de Circuito, con sede en Puebla, los diputados de la LXII Legislatura local deberán dejar “insubsistentes”, en tres días - después de la notificación-, los acuerdos de noviembre y diciembre de 2017, en los que determinaron no ratificar a Fernando Bernal Salazar como magistrado del Tribunal Superior de Justicia.
La decisión se emitió al comprobarse que la ejecutoria de amparo en revisión (R-156/2017) no está totalmente “cumplida”, de ahí que ordenó a los legisladores hacer nuevo análisis de la función, desempeño, productividad y conducta de Bernal Salazar como magistrado.
Así, la semana pasada, la justicia federal notificó al Poder Legislativo para que, en los próximos días, dé “cabal cumplimiento”
La documentación cuya copia posee El Sol de Tlaxcala, advierte que “de no hacerlo así” sin causa justificada, los diputados recibirán multa de 100 a mil días de Unidad de Medida y Actualización (unos ocho mil 836 hasta 88 mil 360 pesos) y se remitirá el expediente al Tribunal Colegiado de Circuito para seguir el trámite de inejecución de sentencia “que pudiera culminar con la separación de sus puestos y su consignación correspondiente”.
De esta manera, debe realizarse otro dictamen elaborado por la Comisión Especial de Diputados, y tendrá que ajustarse a los criterios regulados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, referente a la “ratificación o reelección de funcionarios judiciales”.
La resolución del Tercer Tribunal Colegiado de Circuito, explica que “no se advierte” en las resoluciones del Legislativo, que se aprobaron en los últimos dos meses del año pasado, que los 25 legisladores hayan tomado en cuenta “el currículo” de Bernal Salazar, razón por la que se declaran infundados los acuerdos parlamentarios del 15 de noviembre y 11 de diciembre de 2017.
“Se concede el amparo para que la Legislatura local y la Oficialía Mayor de Gobierno, en su carácter de Director del Periódico Oficial del Estado, dejen insubsistente la resolución impugnada de no ratificación emitida el 12 de mayo de 2017”, precisa el oficio jurisdiccional.
Al cierre del año 2017, el Congreso del Estado informó al Tercer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, de Puebla, del cumplimiento del amparo en revisión R-156/2017, basado en los acuerdos aprobados el 15 de noviembre y 11 de diciembre pasado.
El documento enfatiza que el 11 de diciembre de 2017, la Comisión Especial de Diputados encargada de cumplimentar el fallo protector, presentó ante el Pleno del Congreso local el dictamen mediante el cual propuso la valoración del oficio S.C.44/2017 de fecha 23 de septiembre de 2013.