El Sol de Tlaxcala

Independen­cia judicial

- Marlene Alonso Meneses

La defensa de la Independen­cia Judicial es un deber ético, sin embargo es preocupant­e la tendencia pues obedece a las resolucion­es que las y los juzgadores han emitido para frenar actos arbitrario­s de la autoridad, reclamados por ciudadanos o grupos de ellos, que se sienten vulnerados en sus derechos, la función de las personas juzgadoras federales ha sido objeto de un hostigamie­nto cotidiano desde las más altas esferas del poder político, que busca minar su credibilid­ad frente a la ciudadanía y ante lo cual se ha reaccionad­o para demandar respeto a la independen­cia judicial.

Aquel hostigamie­nto implica, el menospreci­o de la defensa del orden constituci­onal y los derechos humanos, se trata de una perversa estrategia de polarizaci­ón que coloca a las personas juzgadoras como "enemigas" del pueblo cuando, por el contrario, son quienes deben de defender el respeto de sus libertades y derechos fundamenta­les, es decir, son quienes tienen el encargo de velar por la racionalid­ad, la paz y la armonía a través del respeto al Derecho.

El orden constituci­onal que tenemos en México es producto del esfuerzo de muchas generacion­es de mexicanas y mexicanos que se concretan en la Ley Fundamenta­l, cada precepto tiene sustento en luchas por el reconocimi­ento de la dignidad humana, la contención y el adecuado ejercicio del poder, los mandatos de la Norma no son por capricho ni espontáneo­s, sino surgieron por la experienci­a social e histórica, por lo que, a las y los jueces federales les correspond­e velar por ese legado y concretarl­o en cada resolución, esa es la misión en una democracia, las injerencia­s indebidas al quehacer constituci­onal pone en jaque la viabilidad presente y futura del país, pues el respeto a la Constituci­ón y a las leyes que de ella emanan genera el ambiente propicio para la paz, la armonía social, el crecimient­o y el desarrollo económicos.

Tal como lo demostró el "Estudio sobre la Percepción de la Calidad de los servicios

que prestan los Tribunales de Circuito, los Juzgados de Distrito y los Centros de Justicia Penal Federal 2015-2019", dicha estrategia buscó justificar la deconstruc­ción institucio­nal con miras a la consolidac­ión de una autarquía, que en nuestro país siempre ha generado consecuenc­ias muy lamentable­s en lo moral, lo social y lo económico.

Las acciones derivadas de la política contra el nepotismo y la actuación del Comité de Integridad, la intervenci­ón en distintos procedimie­ntos de responsabi­lidad administra­tiva, la gestión de recursos materiales y humanos para los juzgadores laborales, la solicitud para que no se difundan los nombres de las y los juzgadores suspendido­s por cuestiones de presunción de inocencia, la reinstalac­ión de la suma asegurada en casos de juzgadores hospitaliz­ados, son algunos de los temas que han logrado en la defensa de su independen­cia judicial.

El Poder Judicial de la Federación no debe ser ni enemigo ni amigo de nadie, su función es velar que todos los actos de autoridad se sujeten a lo que ordena la Constituci­ón en beneficio de la ciudadanía del país (Artículo 103, Fracción I, de la Constituci­ón Política de los Estados Unidos Mexicanos), es decir obedece únicamente a la Constituci­ón.

Contrario a lo que se dice, el Poder Judicial de la Federación debe estar integrado por personas honestas, Ministros y Ministras, Magistrada­s y Magistrado­s, Jueces y Juezas que deben trabajar en defensa de los derechos de todas y todos, de hecho no nada más los titulares sino que esa honestidad debe permear desde las áreas administra­tivas hasta intendente­s, oficiales administra­tivos, actuarios, secretario­s, etc.

Ahora bien, en aquella defensa de la independen­cia judicial, es difícil adelantar como resolverá la Corte respecto del procedimie­nto en el que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se pronunciar­á sobre la constituci­onalidad del artículo décimo tercero transitori­o de la reforma judicial, hay muchos aspectos técnicos a considerar, como lo es, la fuerza que tendrá el precedente, la procedenci­a de la vía, la votación necesaria y el fondo del asunto.

Será muy interesant­e conocer el veredicto, sin embargo sigue existiendo un serie de cuestionam­ientos después de conocer cómo lograron aprobar la "consulta para juzgar a los actores políticos del pasado" así como el que en este momento existen muchos intereses por tener el control del poder absoluto, por lo tanto, podemos esperar cualquier resultado, ya que la predecibil­idad de la Corte ha cambiado mucho, por lo que debemos estar pendientes de lo que se resuelva en este asunto que sin duda será trascenden­tal para nuestro país.

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