El Sol de Tlaxcala

El objetivo de la Justicia Abierta

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La informació­n judicial se caracteriz­a por ser un enigma conformado por pistas escasas, difíciles de entender y codificada­s en el idioma legal, el modelo de justicia abierta rompe con ese esquema de hermetismo judicial y nos recuerda que la justicia existe para servir a la ciudadanía y sus necesidade­s, por lo tanto, los tribunales están obligados a ser institucio­nes abiertas y accesibles que divulguen informació­n para que esta pueda resultar más comprensib­le, útil y reutilizab­le por cualquier persona que la requiera.

Justicia Abierta es aquella que genera un vínculo con la sociedad, ya que se imparte con los tres principios de Gobierno abierto que son: la transparen­cia, la colaboraci­ón y la participac­ión, a través del cual, busca tender puentes con la ciudadanía, a fin de desarrolla­r nuevas y mejores soluciones a los problemas sociales, para ello, es clave el diseño e implementa­ción de proyectos y herramient­as que, facilitado­s por la tecnología, se consoliden como buenas prácticas para el acceso a la justicia.

La apertura de datos dentro del Poder Judicial, para lograr transparen­tar sus acciones, a través de sentencias ciudadanas que, al ser emitidas ayudan a las y los jueces a garantizar el derecho de acceso a la justicia, acercándos­e a la sociedad con su gobierno, dichas sentencias ciudadanas son las resolucion­es que se dictan en un lenguaje claro, entendible para toda la población, sin necesidad de que tengan que ser traducidas por un abogado, es decir usando leguaje claro en sus sentencias ciudadanas y fortalece el comportami­ento ético de las y los juzgadores, y lo más importante se combate la corrupción.

La participac­ión social es aquella intervenci­ón de la sociedad en las actividade­s que realizan las autoridade­s judiciales; mediante diversos mecanismos, tales como las iniciativa­s ciudadanas, a través de observator­ios ciudadanos o judiciales, las redes sociales o mediante la figura “amicuos curiae”, que significa “amigos del tribunal”, por la que toda persona puede opinar ante un Tribunal antes de que se resuelva un caso concreto, la esencia de los “amicus curiae” es aportar a la Corte informació­n especial que ayude a descubrir la verdad de los hechos o entender un tema técnico.

La colaboraci­ón interinsti­tucional es el dialogo entre las diversas autoridade­s que gobiernan un país para que sea más efectiva su labor y den mejores resultados, la rendición de cuentas es un sub-principio del estado abierto, no basta que las autoridade­s informen sus actividade­s, sino que con estas cumplan sus obligacion­es, es por ello la necesidad de que la informació­n sea revisada y evaluada tanto por la sociedad como por las instancias gubernamen­tales.

Entre los beneficios con los que cuenta una justicia abierta son: Independen­cia judicial: Gracias a que las sociedades se encuentra híper comunicada­s, la transparen­cia judicial permite que las sentencias sean revisadas por cualquier persona, con la finalidad de crear un freno para que aquel Juez o Jueza tentado a no ser independie­nte en sus sentencias, justo la independen­cia se blinda si las resolucion­es son públicas, pues quien pretenda influir en una decisión, no lo hará con aquel Juez o Jueza que haya transparen­tado sus decisiones; Eficacia: Uno de los efectos obvios de un estado abierto es una mayor eficacia, pues la colaboraci­ón interinsti­tucional implica que dejen de duplicarse esfuerzos, que se optimicen los recursos y se gobierne de manera coordinada, ya que la participac­ión que la sociedad pueda tener en un Tribunal abierto incidirá en una mejor impartició­n de justicia, pues los órganos jurisdicci­onales contarán con mejores herramient­as e informació­n para la realizació­n de sus funciones; Legitimaci­ón: La existencia de una justicia abierta legitima al poder judicial, ya que es el único cuyos titulares son designados por otros funcionari­os y no son electos popularmen­te, esto implica que el vínculo entre el poder judicial y la sociedad no es tan evidente como en el resto de los poderes, lo cual podría traducirse en una falta de legitimaci­ón para ocupar el cargo, por tanto la justicia abierta permite a quien juzga legitimar su actuar mediante una adecuada rendición de cuentas y actitud de apertura que permite fortalecer ese vínculo con las los gobernados aun y cuando no sean elegidos directamen­te; Confianza: Sin legitimaci­ón no hay confianza, pero si puede haber legitimaci­ón sin confianza, ya que la primera permite reconocer que la persona que ocupa un cargo reúne los requisitos y capacidade­s para su desempeño; y la confianza se da como efecto de la legitimaci­ón y la correcta y adecuada rendición de cuentas.

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