Invalidan resultados en la colonia Cuauhtémoc
Determina TET que constancia de mayoría sea otorgada al PVEM
El Tribunal Electoral del Tlaxcala (TET) revocó el triunfo de Movimiento Regeneración Nacional en la colonia Cuauhtémoc, municipio de Huamantla, y ordenó al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) entregar la constancia de mayoría a la fórmula postulada por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM).
La determinación fue resultado de la diligencia ordenada por el Tribunal para realizar el escrutinio y cómputo total en los paquetes electorales correspondientes a la sección 209, casilla básica y contigua 1, por lo que al realizar la sumatoria de la votación obtenida resultó ganador el PVEM.
Esto tras una serie de irregularidades por el PVEM en el juicio electoral que promovió, la autoridad jurisdiccional constató que existieron inconsistencias en el npumero de votos registrados en número y las cantidades asentadas en letra en las actas de escrutinio y cómputo.
Durante la sesión extraordinaria, los integrantes del TET declararon la nulidad de la elección de la presidencia de comunidad de Santa Cruz Guadalupe, municipio de Chiautempan, debido a la quema de materiales y paquetes electorales, antes de concluir la jornada electoral del 6 de junio.
Lo que provocó que no obtuvieran documentación alguna que garantizara la confiabilidad en los resultados de la elección de presidencia de comunidad, por lo que tendrá que reponerse el proceso.
MANDATA TET REASIGNACIÓN DE REGIDURIAS
En la plenaria, los integrantes del Pleno del TET aprobaron la modificación de la asignación de regidurías en los ayuntamientos de Apizaco, Tzompantepec, Tetlatlahuca, Zitlaltepec y Tocatlán, al determinar fundados los agravios manifestados por los promoventes.
Entre los señalamientos presentados, la autoridad jurisdiccional consideró que existió un exceso de facultades por parte del ITE, por no respetar el 8 % para determinar la sobre y la sub representación.
Además de manifestar que existió exclusión de asignación de regidurías por errores en el acuerdo impugnado, pues a pesar de que el ITE emitió una Fe de erratas, ello implicó una modificación sustancial para la que el órgano electoral no está facultado