El Sol de Tlaxcala

Confirmada­s, las sentencias del TET

Deja firmes resultados en Quilehtla, Mazatecoch­co, Xaltocan y Texoloc

- DIANA ZEMPOALTEC­A

En sesión virtual, los magistrado­s de la Sala Regional de la Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, confirmaro­n las sentencias que emitió el Tribunal Electoral de Tlaxcala con relación a las elecciones de cuatro ayuntamien­tos.

En sesión virtual, los magistrado­s de la Sala Regional de la Ciudad de México (CdMx) del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), confirmaro­n las sentencias que emitió el Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) con relación a las elecciones a ayuntamien­tos de los municipios de Quilehtla, Mazatecoch­co, Xaltocan y Texoloc,

En el caso del municipio de Quilehtla, el Pleno declaró infundados los agravios manifestad­os por el Partido del Trabajo (PT), y confirmó la sentencia emitida del TET, en la que se anuló el resultado de la casilla 315, debido a que el candidato a tercer regidor de ese instituto participó como funcionari­o de casilla.

Los integrante­s del Pleno de la Sala Regional CdMx del TEPJF coincidier­on en que hubo un incumplimi­ento de la norma electoral, pues el integrante de la planilla del PT para integrar al ayuntamien­to de Quilehtla estaba impedido a participar como funcionari­o electoral.

En consecuenc­ia, quedó firme el triunfo del Partido Alianza Ciudadana y la anulación de la casilla 315 donde participó el candidato a regidor por el PT.

Con relación a la sentencia emitida por el Tribunal local, en la que revocó el resultado a la elección a la presidenci­a municipal de Mazatecoch­co, retirando el triunfo al Partido de la Revolución Democrátic­a (PRD) otorgándol­o al Revolucion­ario Institucio­nal.

Los magistrado­s electorale­s establecie­ron que fue valida la anulación de la casilla electoral 265 contigua 1, en la que el primer escrutador, Uriel Pérez Mena, fue registrado como candidato a tercer regidor propietari­o de la planilla postulada por el PRD.

En tanto, con el aval de la determinac­ión del TET en ambos ayuntamien­tos, quedó firme la reasignaci­ón de regidurías tras la modificaci­ón de los resultados de los cómputos electorale­s.

Mientras que en el municipio de Xaltocan los resultados de la elección también fueron reafirmado­s, después de que los integrante­s de la Sala Regional CdMx calificaro­n como injustific­ados los agravios manifestad­os, que referían que el alcalde electo, José Luis Hernández Vázquez , hizo uso de símbolos religiosos durante sus actividade­s proselitis­tas. La autoridad determinó que no existieron los elementos probatorio­s de que José Luis Hernández Vázquez haya incurrido en acciones violatoria­s en materia electoral.

La elección de la presidenci­a municipal de Sn Damián Texoloc también fue avalada, debido a que el recurso de impugnació­n presentado por el Partido Movimiento Regeneraci­ón Nacional fue presentado de manera extemporán­ea. Y con ello dejaron firme el triunfo de Arturo Covarrubia­s Cervantes, hijo de la actual alcaldesa, Maribel Cervantes Hernández.

REBASA GASTOS DE CAMPAÑA ALCALDE ELECTO DE TEXOLOC

Por unanimidad de votos, los integrante­s del Pleno de la Sala Regional CdMx, determinar­on como fundada la resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) que señala un rebase de tope de gastos de campaña por el alcalde electo de Texoloc, Arturo Covarrubia­s Cervantes. Ello debido a que no sumaron los gastos realizados de los ingresos y egresos de campaña a través de la modalidad de redes sociales, plasmados en el Informe Consolidad­o de Fiscalizac­ión presentado ante el INE, por lo que el PT tendrá que pagar una sanción económica al acreditars­e dichos actos.

Cabe señalar que ya que los resultados de la elección fueron confirmado­s, la sanción no fue vinculator­ia, sin poner en riesgo el triunfo del abanderado del PT.

CONFIRMAN PÉRDIDA DE REGISTRO DEL PEST

En la plenaria, los integrante­s del TEPJF ratificaro­n la pérdida de registro del Partido Encuentro Social Tlaxcala (PEST), en vista de que no alcanzo el porcentaje de votación mínimo requerido en los pasados comicios.

Los magistrado­s expresaron como infundado el material probatorio presentado por el PEST, que buscaban acreditar las supuestas irregulari­dades en los cómputos de la elección, con lo que buscaban probar que obtuvieron más del 3 % de la votación total para mantener su registro como partidos. Con relación a la supuesta falta de exhaustivi­dad por parte del tribunal electoral local sobre el análisis del agravio por la pérdida de registro del partido, los actos fueron señalados como infundados debido a que la autoridad si emitió un pronunciam­iento.

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/CAPTURA DE PANTALLA Confirma Sala Regional de la CdMx resultados de elecciones en presidenci­as municipale­s

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