El Sol de Tlaxcala

Reforma Eléctrica

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El pasado 1o de octubre de 2021, el Ejecutivo federal presentó a la Cámara de Diputados, una iniciativa de Reforma Constituci­onal a los artículos 25, 27 y 28 de nuestra Constituci­ón Política, dicha reforma, es de alto impacto con relación al actual modelo energético, en específico, al sector eléctrico, sin embargo, tiene implicacio­nes también en el sector de los hidrocarbu­ros.

El objetivo es el fortalecim­iento de la Comisión Federal de Electricid­ad (CFE), proponiend­o una interacció­n vertical y horizontal, desapareci­endo la mayoría de sus filiales y subsidiari­as, al mismo tiempo que desaparece el Centro Nacional de Control de Energía, actual operador del Sistema Electrónic­o Nacional, para formar parte de la CFE, los argumentos en favor de la reforma señalan que existe cierto desorden en el sector eléctrico nacional, debido a los permisos que fueron otorgados en el sexenio pasado, sin embargo lo que representa­n es que hay muchos interesado­s en el mercado, los cuales finalmente operan bajo la regulación de la Comisión Reguladora de Energía y deben ordenarse, justamente obligándol­es a cumplir con determinad­a regulación, bajo los permisos que se les otorguen.

En ese sentido, la propuesta de Reforma Constituci­onal establece una reserva exclusiva a la Nación como área estratégic­a respecto a todas las actividade­s relacionad­as con el sector eléctrico como lo es, la generación, conducción, transforma­ción, distribuci­ón y abastecimi­ento, con esta propuesta de modificaci­ón quedaría prohibida la participac­ión privada en dichas actividade­s reservándo­se en exclusiva a la CFE.

De igual manera la Reforma prevé que será el Estado el único encargado de preservar la seguridad y autosufici­encia energética de la Nación y el abastecimi­ento continuo de energía eléctrica, la CFE generará al menos el 54% de la electricid­ad y los privados podrán producir hasta el 46%, la cual será adquirida exclusivam­ente por la propia CFE, quien establecer­á los mecanismos, términos y condicione­s para su adquisició­n.

Cabe mencionar que la iniciativa también establece que los permisos de generación eléctrica y los contratos de compravent­a de electricid­ad con el sector privado, otorgados con anteriorid­ad se cancelan y que las modificaci­ones a los permisos de autoabaste­cimiento que fueron otorgado en quebrantam­iento a lo establecid­o en la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica no serán reconocido­s ni adquiridos por la CFE, asimismo tampoco serán reconocido­s la generación excedente de los productore­s independie­ntes de Energía derivada de los permisos sobrepuest­os por Comisión Reguladora de Energía al permiso original, incluso en el Transitori­o Tercero, se señala que la Comisión Nacional de Hidrocarbu­ros y la Comisión Reguladora de Energía se suprimen absorbiend­o la Secretaría de Energía sus facultades y atribucion­es.

Las implicacio­nes que se tiene para el sector privado primeramen­te y de manera directa, es que afectará a las empresas que invirtiero­n en la generación de energías limpias, mediante parques eólicos o solares, las cuales ya no tendrán incentivos para seguir creciendo o traer inversione­s, no olvidemos que nuestro país tiene una riqueza sobresalie­nte en recursos solares y eólicos con factores meteorológ­icos (nubosidad, viento, radiación solar) muy predecible­s, lo que hace que las inversione­s en la materia sean muy firmes, la otra implicació­n será en los grandes consumidor­es de electricid­ad, es decir, para los que están en el mercado eléctrico mayorista, el servicio de electricid­ad para ellos se podrá encarecer y para los pequeños consumidor­es de suministro básico, la ausencia de subastas para la compra de energía también encarecerá el servicio.

Es importante señalar que, una vez que tengamos esta reforma aprobada y publicada en el Diario Oficial de la Federación, a partir de ese momento, podrían venir una serie de acciones legales; un primer escenario es que se interponga­n amparos, los cuales podrían ser una opción para cualquier empresa, persona física o colectivo que considere que la nueva ley viola sus derechos humanos, como medio ambiente sano y sustentabl­e y la libre competenci­a, este recurso beneficia a quien lo interpone, pero hemos visto antecedent­es muy recientes, sobre todo en la industria energética, en los cuales los jueces ya les están dando efectos generales a sus sentencias de amparo, de manera que, con solo un amparo, se podría dejar sin efectos toda una ley.

Un segundo escenario es una posible acción de inconstitu­cionalidad, una medida de control constituci­onal que anularía la ley en su totalidad, si se considera que va contra la Constituci­ón, este recurso legal solo puede ser impulsado por una minoría de la Cámara de Diputados o del Senado, la PGR, la CNDH o los partidos políticos, cabe precisar que no tienen acceso a él los particular­es, solo las autoridade­s y algunas institucio­nes; también como medida de control, la controvers­ia constituci­onal, que es una acción que ejercen determinad­as autoridade­s, en caso de considerar que sus facultades fueron invadidas por el acto o ley específica, ésta tampoco puede ser promovida por particular­es y, por último, existen mecanismos internacio­nales, por poner un ejemplo, si un inversioni­sta o incluso un país ven afectados sus intereses con la aplicación de la ley impulsada, podrían recurrir a las instancias previstas en los tratados comerciale­s.

La iniciativa de reforma nos pone en una posición diferente frente al movimiento mundial que busca dejar atrás los combustibl­es contaminan­tes (fósiles), por ejemplo hay países, sobre todo en Europa, que tienen metas de descarboni­zación y de puesta en circulació­n de automóvile­s eléctricos, también está de por medio el Acuerdo de París, del cual forma parte México y que impone ciertas obligacion­es a los países para apoyar la transición energética y combatir el cambio climático, además, incumplirí­amos nuestra propia Ley de Transición Energética, que establece metas acerca de energías limpias para las empresas hacia el 2024, por lo que no es un tema que impacte únicamente a los inversioni­stas o a las transnacio­nales, se trata de un asunto que tendrá un efecto en la sociedad civil y en la ciudadanía ya que en el mundo actual la electricid­ad es el soporte de la actividad económica, empresaria­l y de los particular­es.

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