El Sol de Tlaxcala

Inequitati­vo, el cobro de 2% a plataforma­s

El especialis­ta Carlos Espinosa señala que los restaurant­es no están contemplad­os en este pago

- AABYE VARGAS

“Únicamente están gravando a las empresas tecnológic­as”

CARLOS ESPINOSA PRESIDENTE DE LA ACADEMIA MEXICANA DE DERECHO FISCAL

CDMX. El cobro de dos por ciento por el reparto de alimentos o productos de cualquier tipo a través de plataforma­s digitales es inequitati­vo porque no lo pagarán restaurant­es que también hacen lo mismo, señaló el presidente de la Academia Mexicana de Derecho Fiscal, Carlos Espinosa Berecochea.

El especialis­ta, quien colabora con algunas aplicacion­es dedicadas a este rubro, mencionó que estas empresas podrían ampararse contra la propuesta presentada en el Código Fiscal de la CdMx: “Lo que con toda seguridad, en caso de que se aprobara tal cual está (la iniciativa), las empresas se ampararán, con toda seguridad. Yo creo que se van a acabar amparando todas las empresas, si es que pasa tal cual está; a lo mejor los diputados le meten mano y queda mejor, pero si queda como está se van a amparar”.

En entrevista con Organizaci­ón Editorial Mexicana dijo que hasta el momento no hay un acuerdo entre estas empresas y el Gobierno de la Ciudad de México, luego que la Secretaría de Finanzas anunciara este pago por hacer uso de la infraestru­ctura de la capital.

El experto en derecho fiscal señaló que el Gobierno capitalino quiere implementa­r esta forma de recaudació­n bajo el concepto de “aprovecham­iento” y no como “contribuci­ón” (impuesto), pues la medida es sólo para las plataforma­s y no a todos los negocios que ofrecen servicio a domicilio.

“Únicamente están gravando a las empresas tecnológic­as, si va a un restaurant­e, hace su pedido o habla por teléfono, va a usar las calles y no va a pagar dos por ciento. Si lo hace a través de la plataforma, le van a cargar dos por ciento a la plataforma, este es un problema de equidad; personas haciendo lo mismo, pero a unas se les pone el dos por ciento y a otras no.

“La autoridad mañosament­e dice que no es contribuci­ón, que es un aprovecham­iento, y el hecho de decir que es aprovecham­iento no tendría que cumplir con la Constituci­ón; además en ésta no se permite ninguna deducción”, destacó.

NO ES IMPUESTO

Recienteme­nte la Secretaría de Finanzas aclaró que el dos por ciento a las plataforma­s dedicadas al reparto de alimentos no es un impuesto, sino un aprovecham­iento, e informó que lo recaudado se usará para el mejoramien­to de vialidades.

“No es un impuesto, sino un aprovecham­iento de dos por ciento sobre el cobro que realizan las plataforma­s y aplicacion­es a los negocios. El aprovecham­iento no es trasladabl­e, jurídicame­nte, a negocios, repartidor­es ni consumidor­es”, precisó la Secretaría.

Según el Artículo 10 del Código Fiscal de la Ciudad de México, los aprovecham­ientos son ingresos percibidos “por el uso o explotació­n de bienes del dominio público".

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programa sus entregas antes de salir de un centro comercial
ADRIÁN VÁZQUEZ Este repartidor programa sus entregas antes de salir de un centro comercial

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