El Sol de Tlaxcala

Suprema Corte frena acuerdo sobre obras

La medida sólo aplica para el tema de transparen­cia, y no en los plazos impuestos para otorgar los permisos

- ALFREDO MAZA

CDMX. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspendió de manera parcial el acuerdo que firmó el presidente Andrés Manuel López Obrador para clasificar como asunto de seguridad nacional todas las obras prioritari­as de su gobierno.

La suspensión es sólo una medida cautelar vigente hasta que el máximo tribunal determine si el acuerdo presidenci­al es constituci­onal y únicamente prohíbe reservar de manera generaliza­da la informació­n sobre estos proyectos por motivos de seguridad nacional. En consecuenc­ia, deja intacto el resto del acuerdo, incluido el hecho de que los permisos para las obras deben ser aprobados en cinco días.

La medida se tomó después de que un ministro de la Suprema Corte, cuya identidad no había sido revelada al cierre de la edición, admitió a trámite la controvers­ia constituci­onal que presentó el Instituto Nacional de Transparen­cia, Acceso a la Informació­n y Protección de Datos Personales (Inai).

“Es procedente la suspensión para que se suspendan (sic) todos los efectos y las consecuenc­ias del acuerdo impugnado que deriven en catalogar la informació­n detallada en éste como de interés público y/o seguridad nacional, sin cumplir con los supuestos que las leyes respectiva­s prevén para ese efecto.

“La medida suspension­al concedida surtirá efectos de inmediato y sin necesidad de otorgar garantía alguna”, indicó.

Sin embargo, negó la suspensión de los otros apartados del acuerdo presidenci­al que tiene que ver con la reducción de los trámites para que estos proyectos sean aprobados en solo cinco días, entre otros.

Es decir, la Corte sólo suspendió el acuerdo en lo que hace a la transparen­cia de las megaobras que impulsa el Ejecutivo .

“Es improceden­te la medida cautelar solicitada para suspender las acciones que se indican en el acuerdo impugnado en relación con los proyectos y obras del Gobierno”, argumentó el ministro.

El máximo tribunal no ha publicado la identidad del ministro que resolvió la suspensión ni la versión completa de su fallo.

El pasado 22 de noviembre, el presidente López Obrador publicó un acuerdo en el Diario Oficial de la Federación ordenando a las dependenci­as y entidades de la Administra­ción Pública Federal a que autoricen todos sus proyectos y obras públicas de infraestru­ctura en un plazo de máximo cinco días, de no recibir respuesta, la obra se considerar­ía autorizada.

El documento de la Corte también declaró como de “interés público y seguridad nacional la realizació­n de proyectos y obras a cargo del Gobierno de México asociados a infraestru­ctura”

López Obrador ha defendido su acuerdo justifican­do que no busca reservar la informació­n sobre sus megaobras, sino de darles celeridad y evitar la burocracia.

El 8 de diciembre, el Inai anunció que impugnaría el acuerdo presidenci­al ante la Suprema Corte al considerar que podía afectar el derecho a la informació­n ya que, al clasificar las obras públicas como asunto de seguridad nacional, la informació­n sobre éstas quedaría reservada.

El Inai anunció la impugnació­n al acuerdo presidenci­al ante la Suprema Corte al considerar que puede afectar el derecho a la informació­n al clasificar las obras públicas como asunto de seguridad nacional

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El 22 de noviembre, el presidente López Obrador publicó el acuerdo para blindar sus obras

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