Ponen límite a la prisión preventiva
ARTURO ZALDÍVAR
CDMX. Por mayoría de votos, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) votó a favor de revocar la prisión preventiva oficiosa después de dos años.
El proyecto elaborado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá perfilaba desde un inició que los jueces puedan revertir la medida de cárcel oficiosa luego de dos años como lo marca la ley, aunque considerando el contexto en el que se haya dado el delito.
Este asunto llegó a la Corte a través de la Unidad de Litigio Estratégico en Derechos Humanos del Instituto Federal de Defensoría Pública, organismo que busca poner “límites racionales a la prisión preventiva”, ya que se trata de una medida que se debe aplicar únicamente en caso de que se hayan agotado otras opciones, como prisión domiciliaria o uso de un brazalete.
De acuerdo con la Constitución, la prisión preventiva se establece para delitos como delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, secuestro, robo a casa habitación o robo a transporte de carga, entre otros. Sin embargo, el propio ministro Arturo Zaldívar, presidente de la Corte, ha asegurado en reiteradas ocasiones que la prisión preventiva oficiosa castiga la
PRESIDENTE DE LA CORTE
“Se trata de una condena (prisión preventiva) sin sentencia que, por regla general, castiga la pobreza”
pobreza, debido a que la mayoría de las personas sujetas a esta medida son en general de escasos recursos.
“Se trata de una condena sin sentencia que, por regla general, castiga la pobreza. Debemos avanzar hacia un sistema que establezca la prisión preventiva como excepcional”, escribió el ministro presidente en Twitter.
Cifras de la organización Asistencia Legal por los Derechos Humanos (ASILEGAL) refieren que a noviembre de 2021 había 222 mil 600 personas privadas de la libertad en todo el país, de las cuales 95 mil 424 estaban bajo prisión preventiva.
ARCHIVO ALEJANDRO AGUILAR