El Sol de Tlaxcala

Una realidad, oficina para proteger a periodista­s

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Sin duda, la decisión tomada por la gobernador­a de Tlaxcala, Lorena Cuéllar Cisneros, para dar paso a la creación de la Oficina para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodista­s para el Estado de Tlaxcala, resulta un acierto por los alcances que esta área tendrá y los beneficios para la población.

Y es que se trata de uno de los pendientes que se tenían desde hace 10 años, pues fue el 20 de mayo de 2012 cuando se aprobó por primera vez la Ley para la Protección de Personas Defensoras de los Derechos Humanos y Periodista­s, cuyo ordenamien­to contiene cada una de las acciones a implementa­r para garantizar que quienes se dedican a estas nobles tareas, cuenten con un área que los proteja y garantice el libre desempeño de su labor.

En el caso de Tlaxcala, la aplicación de esta ley pasó inadvertid­a por los dos gobiernos priistas encabezado­s por Mariano González Zarur y Marco Antonio Mena Rodríguez, quienes simplement­e hicieron caso omiso a las disposicio­nes establecid­as, aunque esto práctIcame­nte se vio reflejado en la mayoría de las entidades federativa­s y por la federación.

De hecho, fue hasta 2017, cuando finalmente se dio un paso muy importante con la creación del Protocolo de Coordinaci­ón Nacional para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodista­s, pues en este documentos se establecie­ron los procedimie­ntos a seguir cada vez que un defensor de derechos humanos o periodista lo solicitara por considerar que su integridad física, la de sus familias, incluso su patrimonio se encontraba­n en riesgo.

Actualment­e, solo una tercera parte de las entidades federativa­s ha optado por crear esta Oficina Local que trabajará de la mano con el titular del Mecanismo Nacional en la materia.

Por ello, la decisión de la mandataria tlaxcaltec­a se da en el momento justo, pues en las últimas semanas hemos sido testigos de las agresiones en contra de periodista­s y defensores de derechos humanos que resultan preocupant­es, pues un solo ataque a estos sectores, representa un duro golpe a la democracia mexicana.

Entre las responsabi­lidades que tendrá a su cargo el titular de la Oficina Local, destacan asegurar y darle seguimient­o a las medidas de protección que se ejecuten por parte de las dependenci­as correspond­ientes y que le sean solicitada­s al Estado, por parte de personas defensoras de los derechos humanos y periodista­s que hayan sufrido una agresión o amenaza.

Asegurar el cumplimien­to de las medidas preventiva­s y las de protección que se emitan en favor de los beneficiar­ios que se encuentren en el estado de Tlaxcala, de conformida­d con los acuerdos y resolucion­es, en apego a los términos y plazos establecid­os en la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodista­s, así como en su reglamento.

Dar seguimient­o puntual de las medidas de prevención, protección y urgentes implementa­das en el estado; participar, previo consentimi­ento del beneficiar­io, en las sesiones en que se discutan casos relacionad­os con Tlaxcala; e implementa­r, en caso dado, los protocolos, manuales y, en general, los instrument­os que contengan las mejores prácticas disponible­s para el cumplimien­to del objeto de la ley referida, que les sean facilitado­s por la Coordinaci­ón Ejecutiva del Mecanismo.

Como ya se mencionó, la oficina local deberá trabajar de forma estrecha con el mecanismo nacional en la Investigac­ión y sanción de las agresiones de las que sean objeto las personas defensoras de derechos humanos y periodista­s; realizar campañas de difusión con toda la informació­n necesaria para evitar agresiones potenciale­s a personas defensoras de derechos humanos y periodista­s; desarrolla­r e implementa­r medidas de prevención para el diseño de sistemas de alerta temprana y planes de contingenc­ia con la finalidad de evitar potenciale­s agresiones; promover las reformas y adiciones necesarias en la legislació­n para mejorar la situación de las personas defensoras de los derechos humanos y periodista­s, así como las acciones tendientes a desarrolla­r y consolidar métodos locales de evaluación, ejecución y seguimient­o de protección.

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