Perfila SCJN liberar a la cuñada de Gertz
El proyecto del ministro Gutiérrez daría la razón a Cuevas y su madre
CDMX. Un proyecto elaborado por el ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, perfila otorgar la libertad a Laura Morán y Alejandra Cuevas, señaladas por el fiscal general de la República, Alejandro Gertz Manero, por el presunto homicidio de su hermano.
De manera específica, los proyectos de los amparos en revisión 540 y 541 del año 2021, elaborados por el ministro Gutiérrez Ortiz Mena, proponen cancelar la orden de aprehensión girada en contra de Laura y se sugiere la inmediata liberación de Alejandra, recluida desde hace más de 500 días en
Santa Martha Acatitla.
De acuerdo con la denuncia presentada por Gertz Manero, tanto Laura como Alejandra fueron negligentes en el cuidado de su hermano Federico Gertz cuando “les correspondía desempeñarlo con toda diligencia para evitar su muerte” en su calidad de concubina de Federico y su hija, respectivamente. Sin embargo, el proyecto destaca que en el caso de Alejandra se utilizó una figura inexistente en la legislación penal, la de garante accesoria, misma que fue utilizada para encarcelarla.
“Por tanto, el proyecto afirma que la existencia de la figura basta para eliminar cualquier responsabilidad de la señora A en la muerte del señor F, una persona de edad avanzada y con distintos padecimientos de salud”, indica el proyecto.
En el caso de la señora Laura Morán, el proyecto identifica que el deber de cuidado que se le impuso fue excesivo, por lo que “no es posible esperar que una mujer sin conocimientos especializados y en franca situación de vulnerabilidad -pues tenía 88 añosse condujera como si tuviese habilidades excepcionales para evitar la muerte de una persona gravemente enferma”. Propone además no responsabilizar a Laura por el presunto homicidio de su pareja, con quien compartió más de 50 años de vida.
El proyecto propone abandonar un criterio vigente desde hace 10 años, que imponía limitaciones a lo que las personas inculpadas podían hacer cuando se les había concedido un amparo.