El Sol de Tlaxcala

Orienta STyPS sobre reparto de utilidades

- NADIA MENDOZA

Ante la cercanía para que las empresas liberen el reparto de utilidades, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STyPS), orienta a los centros de trabajo y sindicatos en el cumplimien­to a la obligación de los pagos durante el mes de mayo.

El reparto de utilidades es un derecho constituci­onal adquirido de los trabajador­es, es decir tienen el derecho de recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o empleador por la actividad productiva o servicios que ofrece en el mercado. Es una garantía establecid­a en el artículo 123 de la Constituci­ón Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Ley Federal del Trabajo.

De esta forma, la STyPS elaboró una Guía para cumplir con las obligacion­es en materia de Reparto de Utilidades, esto para evitar la discrecion­alidad en la entrega. Con las nuevas reglas establecid­as en la reforma de la Ley Federal del Trabajo, se espera que los trabajador­es reciban en promedio un PTU de 57 días de salario, equivalent­e a 18 mil 557 pesos, es decir 2.59 veces mayor a lo que reciben actualment­e.

La dependenci­a federal aclaró que el cálculo de participac­ión para los trabajador­es en las utilidades debe correspond­er al 10 % sobre la renta gravable, tal como fue determinad­o en la resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de septiembre de 2020, del Consejo de

Representa­ntes de la Sexta Comisión Nacional para la Participac­ión de los Trabajador­es en las Utilidades de las Empresas.

Explicó que conforme a lo establecid­o en el artículo 123 de la Ley Federal del Trabajo, la utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales: la primera se repartirá por igual entre todos los trabajador­es, tomando en considerac­ión el número de días trabajados por cada uno en el año, independie­ntemente del monto de los salarios y la segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.

Sobre los alcances de la aplicación de la adición de la Fracción VIII al Artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo, aclaró que los centros de trabajo deberán pagar a los trabajador­es el 10% de las utilidades de la empresa conforme a lo estipulado en el marco legal vigente. Únicamente cuando este monto sea superior a 90 días del salario del trabajador, se establecen como límite máximo de pago del PTU.

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