Día Internacional contra la Homofobia, la Transfobia y la Bifobia
Cada 17
de mayo se celebra el Día Internacional contra la Homofobia, la Transfobia y la Bifobia, es una fecha que sirve para recordar que las diferentes orientaciones sexuales o identidades de género son todavía motivo de discriminación.
En diversas partes del mundo, las personas LGBTIQ+ sufren discriminación solo por ser quienes son, las Naciones Unidas ha documentado un empeoramiento de la discriminación, la violencia y el discurso de odio contra las personas LGBTIQ+, su exclusión social y económica, la estigmatización que sufren y los obstáculos que les impiden acceder a la atención sanitaria, la educación, el empleo y los servicios básicos, también se ha observado preocupantes intentos de revocar las protecciones jurídicas y sociales de sus derechos humanos fundamentales.
La discriminación por homofobia finca sus bases en un sistema heteronormativo, en el que la heterosexualidad es la norma social a partir de la cual, la diversidad de orientaciones sexuales identidad de sexogenéricas han sido calificadas como desviadas, antinaturales, perversas, y en algunos casos, como conductas enfermizas, criminales inmorales y anormales.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 1° prohíbe toda discriminación motivada por preferencias sexuales o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y que tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas, ya sea por acciones u omisión. Existen cuatro elementos que conforman el acto de discriminación:
Nivel de Acción: Es la conducta o práctica que manifiesta trato desfavorable, de desprecio inmerecido, intolerancia hacia una persona o grupo de personas. Modalidad: Son las circunstancias jurídicas en los que la persona realiza un acto de discriminación: acción, omisión, con intención, sin intención y que no sea objetiva racional y proporcional. Causas: Se refiere a las condiciones o factores que originan la discriminación, por ejemplo el género, etnicidad, condición económica entre otras.
Consecuencia del acto de discriminación: negar, impedir, restringir, perjudicar, o anular, alguno de los derechos y libertades de cualquier persona o grupo de personas.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación se ha pronunciado mediante tesis aislada, señalando que la homofobia es el rechazo de la homosexualidad, teniendo como componente primordial la repulsa irracional hacia la misma, o la manifestación arbitraria en su contra y, por ende, implica un desdén, rechazo o agresión, a cualquier variación en la apariencia, actitudes, roles o prácticas sexuales, mediante el empleo de los estereotipos de la masculinidad y la feminidad. Dicho tratamiento discriminatorio implica una forma de inferiorización, mediante una asignación de jerarquía a las preferencias sexuales, confiriendo a la heterosexualidad un rango superior. Esta aversión suele caracterizarse por el señalamiento de los homosexuales como inferiores o anormales, lo cual da lugar a lo que se conoce como discurso homófobo, mismo que consiste en la emisión de una serie de calificativos y valoraciones críticas relativas a la condición homosexual y a su conducta sexual, y suele actualizarse en los espacios de la cotidianeidad; por lo tanto, generalmente se caracteriza por insinuaciones de homosexualidad en un sentido burlesco y ofensivo, mediante el empleo de un lenguaje que se encuentra fuertemente arraigado en la sociedad. En consecuencia, resulta claro que aquellas expresiones en