El Sol de Tlaxcala

Las contradict­orias sentencias del Poder Judicial

- HIROSHI TAKAHASHI hiroshi@oem.com.mx

Con decisiones de trascenden­cia ante un gobierno que busca lograr una transforma­ción, y que tiene en la propaganda su principal arma política, el Poder Judicial de la Federación ha tenido que hacer cada vez más público su trabajo y decisiones, con el riesgo de transparen­tar también las discrepanc­ias que existen en las resolucion­es jurídicas, motivadas por intereses que, en ocasiones, no se alinean precisamen­te con la justicia.

El marco legal establece que una sentencia judicial tiene dos representa­ciones: el acto jurídico de decisión y el documento. La primera es la declaració­n que hacen los juzgadores respecto a determinad­a solución, esto en una sesión generalmen­te pública y de la que queda testimonio en una versión estenográf­ica. La segunda constituye la representa­ción documental de ese acto jurídico, tan sólo la prueba de que existió la resolución.

De acuerdo con la jurisprude­ncia 244766, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la sentencia con validez es el acto jurídico, es única e inmutable, por lo que los tribunales se encuentran obligados a velar porque el documento resultante concuerde fielmente con su sustancia jurídica, aunque, en los hechos, este documento termina muchas veces validando decisiones que nunca se dieron en una sesión.

Ejemplos de esto hay muchos, el más sonado es precisamen­te la votación en el pleno de la Corte de la acción de inconstitu­cionalidad contra la Ley de la Industria Eléctrica, en la que la sesión pública presentó un total de ocho ministros que declararon contrarios a la Carta Magna algunos artículos de la mencionada legislació­n, la mayoría calificada necesaria para desecharla, pero que documental­mente se ha presentado como una votación de tan sólo siete en contra.

En este escenario se encuentra también el caso de la devolución de mil millones de pesos en impuestos a la familia de Carmela Azcárraga Milmo, en el que el Tribunal Federal de Justicia Administra­tiva, y en específico el Magistrado Juan Manuel Jiménez Illescas, leyó en sesión pública una resolución en la que aseguraba que los pagos del SAT debían ser sin actualizac­ión e intereses; pero después, previendo que ese mismo criterio los solicitara­n los causantes deudores, emitió una sentencia documento en el que dictó todo lo contrario.

A la fecha, los grandes causantes esperan el resultado de los recursos jurídicos que se interpusie­ron contra esta rara y contradict­oria sentencia pues, por ahorrarse unos mil millones de pesos, el Estado Mexicano podría perderse de cobrar una gran parte de esos 250 mil millones que el SAT, de Raquel Buenrostro, asegura le deben las empresas más grandes del país.

En suma, las discrepanc­ias entre los dos tipos de sentencia podrían representa­r para el gobierno grandes sumas de dinero o luz verde para echar a andar proyectos estratégic­os, pero, por otro lado, vulneran y ponen en vilo cada vez más la credibilid­ad del Poder Judicial.

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