La Credencial para Votar con Fotografía La Credencial
para Votar con Fotografía se ha posicionado como el medio de identificación de mayor credibilidad en el país, a lo que contribuye el proceso para expedición, iniciando con los requisitos que debe cumplir el ciudadano para tramitar su credencial: 1) Documento para acreditar la identidad acta de nacimiento y/o documento que pruebe la naturalización como mexicano; 2) Identificación con fotografía; y 3) Comprobante de domicilio. Los tres documentos en original y tanto la identificación y el comprobante de domicilio deberán estar vigentes.
Parecería muy fácil reunir esos tres requisitos; sin embargo, en la práctica, el ciudadano se enfrenta a situaciones que, en muchos de los casos complican y/o retrasan la obtención de su credencial; en muchas ocasiones, por falta de un acta de nacimiento, para lo cual los ciudadanos pueden acudir a las oficinas de trámites múltiples conocidas como kioscos e, inclusive, obtenerla en línea a través del portal de actas del Gobierno Federal, https://www.gob.mx/ActaNacimiento/. En otros casos las actas presentan errores de registro, en este caso se orienta a los ciudadanos para que acudan al Registro Civil para realizar la corrección correspondiente.
Por otra parte, falta de una identificación y/o el comprobante de domicilio, casos que pueden ser subsanados con el testimonio de dos testigos; que cuenten con su credencial de elector vigente, que conozcan la o el ciudadano y que por lo menos, uno de ellos pertenezca al municipio donde vive el ciudadano y el otro al mismo distrito electoral federal.
Existen casos especiales en los cuales el Instituto da atención; por ejemplo, en caso de imposibilidad de la o el ciudadano para acudir a los módulos de atención ciudadana a efectuar su trámite y recoger su credencial, debido a su estado de salud, podrá solicitar por escrito dirigido al Ing. Jesús Lule Ortega, Vocal Ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva en el estado de Tlaxcala, que el módulo especial acuda a su domicilio a realizar su trámite y anexando a dicho escrito el dictamen médico correspondiente. Cuando el ciudadano, esté en situación de calle y al no tener un domicilio, el área técnica del INE deberá verificar esa situación para proceder a expedir su credencial; y aquellos casos, en que la o el ciudadano se encuentre suspendido en sus derechos políticoelectorales y le soliciten su credencial de elector, solo como identificación, en estos casos el INE está obligado a garantizar a los ciuda
Como resultado del universo de trámites que se realizan, surgen diversas situaciones que deberán ser corroboradas en campo y que tienen como objeto la depuración del Padrón Electoral...
danos su derecho a la identidad.
Ahora bien, como resultado del universo de trámites que se realizan, surgen diversas situaciones que deberán ser corroboradas en campo y que tienen como objeto la depuración del Padrón Electoral y la protección de los datos de los ciudadanos; casos que son detectados por el Sistema Integral de Información del Registro Federal de Electores (SIIRFE) como la detección de una posible usurpación de identidad, datos irregulares, domicilios irregulares, duplicados, suspensión de derechos políticoelectorales y hasta posibles gemelos no declarados durante el trámite, para ello el verificador de campo se presentará en el domicilio proporcionado por el ciudadano para la aclaración de cada caso.
Finalmente, uno de los casos más recurrentes es la detención del trámite por alguna situación relacionada con la Clave Única de Registro de Población (CURP). En ocasiones por falta de ella y/o porque, cuenta con más de una, o bien esta contiene algún error, en los casos más sencillos se requiere al ciudadano para que proporcione su CURP certificada y se realiza la gestión para la liberación del trámite y se expida la credencial. Todo este proceso permite que la credencial para votar sea una identificación confiable y podamos decir: ¡Yo Soy mi INE!