De tesis universitarias y normatividades obsoletas Con los
años, se fue aceptando como normal minimizar la obligación de presentar y defender una tesis original como requisito último para que a un estudiante de nivel licenciatura se le otorgara el título profesional. A pesar de la simulación imperante, la absurda exigencia se mantuvo y generó prácticas que hoy tienen en entredicho a la UNAM.
No concuerdo con la innecesaria, onerosa, arcaica, disfuncional y las más de las veces inútil obligatoriedad que se impone a los estudiantes de presentar una tesis como condición sine qua non para obtener un título nivel licenciatura, luego de aprobar los cursos del programa académico de la institución en la que se inscribió. Acudo al texto del que me otorgó la Universidad Nacional Autónoma de México; en la parte concerniente dice que: “…en atención a que demostró tener hechos los estudios conforme a los planes autorizados por el Consejo Universitario y haber sido aprobado en el examen profesional…” me fue expedido el así llamado título profesional. Todavía estoy por conocer en qué código o ley vigente aparece la exigencia de presentar una tesis como requisito suspensivo para alcanzar el reconocimiento que debe concederse a todo estudiante que concluye sus estudios en ese primer nivel. A mayor abundamiento, la Academia de la Lengua define la palabra “tesis” como la “disertación escrita que presenta a la Universidad el aspirante al título de doctor…”. Y también señala que una “licenciatura” es un grado universitario inferior al del “doctorado” y que quien tiene este rango es persona que posee “un conocimiento acabado y pleno de la materia”.
DE LAS DISTINTAS GRADACIONES DEL CONOCIMIENTO
Estas definiciones, aunadas a mi experiencia personal y a algunas apreciaciones en torno a la espinosa cuestión de las tesis profesionales, permiten aproximarnos a unas primeras conclusiones. Quien cursa con éxito todas y cada una de las disciplinas implicadas en una licenciatura se hace, sin más, acreedor a un reconocimiento el título que otorga su institución académica. Además, en el momento que la autoridad administrativa competente gubernamental registra el documento y le expide la cédula respectiva, el interesado está ya en condiciones de ejercer legalmente la profesión. Ello no necesariamente supone que cuente con la sapiencia suficiente como para acometer la escritura de un tratado eso es a final de cuentas una tesis que contribuirá (¿) a acrecentar el conocimiento existente en la materia abordada y que enriquecerá (¿) el acervo bibliotecario de su alma máter para consulta futura de alumnos y maestros. Un desafío de esa naturaleza excede la posibilidad de cualquier recién egresado exceptúo a los genios, situación que incentiva la comisión de prácticas poco edificantes, indignas de casas de estudios, tan bien reputadas como nuestra UNAM.
SIMULACIÓN BASADA EN VALORES ENTENDIDOS
¿A qué me refiero? A que la exigencia que se hace al estudiante que acaba de terminar sus estudios para que presente y defienda una tesis original subrayo la palabra original frente a sinodales que lo van a interrogar sobre los fundamentos de una propuesta supuestamente distinta e innovadora, convierte al requisito en un obstáculo que, con lamentable frecuencia, se salva haciendo variaciones insustanciales a temas trillados o, en el mejor de los casos, desarrollándolos de forma superficial sin ninguna pretensión de trascendencia. Menciono esas opciones por ser las más socorridas y ocurren con la aquiescencia y/o complicidad del director del trabajo y hasta de los propios sinodales que, con su actitud, restan mérito a una ceremonia tradicional la recepción profesional que hoy día es un protocolo vacío de significado y totalmente devaluado. Omito entrar en detalle de otras alternativas que claramente se apartan de la legalidad, como encargar la tesis a terceras personas o como la del plagio parcial o total del trabajo de otros.
URGE ADECUAR LA LEGISLACIÓN UNIVERSITARIA A LA REALIDAD
Tantas anomalías en el procedimiento deben invitar a las instituciones de enseñanza superior a la cancelación definitiva del requisito de la tesis a nivel, insisto, de licenciatura, o en su defecto, a su sustitución por otras opciones. Si lo que se pretende es que el ex alumno compense a la institución y/o al estado el costo de su preparación, diséñese algún tipo de servicio social a cumplir durante la carrera, o incluso considérese una restitución programada del dinero invertido en su enseñanza con formas de pago adaptadas a la realidad del entorno y de la persona. Pero el absurdo requerimiento de la tesis debe desaparecer puesto que carece por completo de utilidad y sólo representa una pérdida de tiempo y dinero que, cuando no se tiene ni lo uno ni lo otro, es causa de la frustración de un esfuerzo personal y familiar de años. Conocí casos de compañeros que no se recibieron, apremiados por urgencias económicas que les impidieron dar ese último paso en el largo y tenaz empeño por concluir su carrera universitaria. Aludo a mujeres y hombres que, ya en su condición de pasantes, consiguieron trabajo bien remunerado que, o bien los alejó del centro de estudios, o bien les impuso horarios incompatibles con la escritura por sí de una tesis digna de ese nombre.
LA UNAM, AFECTADA A QUERER O NO POR LAS TENSIONES POLÍTICAS QUE VIVE EL PAÍS
La reciente revelación de hechos acontecidos hace más de tres décadas, protagonizados por alumnos y maestros universitarios, involucran a la institución y han dañado seriamente su prestigio. Deben ser analizados y dictaminados, sí, pero en un contexto distinto al estruendo amarillista del escándalo mediático que se alimentó, de cara a la opinión pública con una evidente intencionalidad política, circunstancial y perversa. Lo acontecido, reconozcámoslo, toca la estructura fundacional de la UNAM, afecta sus valores esenciales y obliga revisar y corregir normas que incentivan conductas anómalas que, a su vez, vulneran los principios éticos que deben regir a nuestra Máxima Casa de Estudios.