El Sol de Tlaxcala

SCJN invalida tope a pago por daño moral

- ALFREDO FUENTES

CDMX. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitu­cional la reforma por la cual los legislador­es de Quintana Roo establecie­ron el límite a lo que una víctima de daño moral puede acceder por concepto de indemnizac­ión.

El Pleno de la SCJN echó atrás el decreto publicado en el Periódico Oficial del estado el 21 de febrero de 2020, en el cual se fijó que una víctima de daño moral podría acceder a una indemnizac­ión máxima de tres mil 650 Unidades de Medida y Actualizac­ión (UMA), es decir, 378 mil 651 pesos al día de hoy.

Por ello, al considerar que violaba los derechos a una reparación integral y a una justa indemnizac­ión, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) presentó una acción de inconstitu­cionalidad “en virtud de que, la reparación que el Estado se encuentra obligado a realizar por concepto de daño moral no puede depender la fijación de un tope máximo”.

El recurso fue resuelto de manera unánime con la ausencia de los ministros Arturo Zaldívar y Javier Laynez Potisek.

Apuntó también que la acción no responde satisfacto­riamente a la gravedad de los posibles daños causados, ni a la carencia del Estado para evitarlo.

“Se considera que la previsión de un límite cuantitati­vo no está justificad­a ni es proporcion­al, puesto que si bien percibe una finalidad constituci­onalmente válida, consistent­e en proteger el erario del Estado de Quintana Roo de `reclamos injustific­ados', lo cierto es que la medida legislativ­a no resulta idónea para conseguir tales fines, y esto porque los topes no sirven como control de la veracidad o autenticid­ad de los reclamos”, expuso la ministra Margarita Ríos Farjat, ponente del proyecto.

El Pleno señaló además que el límite de tres mil 650 UMA es contrario a los objetivos de la legislació­n, pues con ella se busca mejorar la calidad de los servicios públicos al mismo tiempo que los funcionari­os toman previsione­s para evitar incurrir en una infracción.

A partir de ahora, el cálculo de los montos indemnizat­orios por daño moral se realizará conforme a los criterios establecid­os en el Código Civil de Quintana Roo, es decir, será un juez el que determine el monto tomando en cuenta los derechos vulnerados, el grado de responsabi­lidad, la situación económica del responsabl­e y de la víctima, entre otras.

El tope de indemnizac­ión era de 650 UMA, equivalent­es a 378 mil 651 pesos

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ARCHIVO CUARTOSCUR­O La ministra Margarita RíosFarjat fue la ponente del proyecto

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