La violencia política de las mujeres en razón de género La violencia
Durante el transcurso del tiempo, el género femenino ha sufrido diversos tipos de violencia y discriminación en lo que se refiere a sus derechos políticos y electorales, razón por la cual en los últimos años los grupos feministas principalmente, han reclamado sus derechos en la participación de la vida política como son las cuotas de género y el principio de paridad. La participación política de la mujer en ocasiones se ha visto limitada por la violencia puesto que muchos grupos sociales todavía están acostumbrados a vivir en un sistema patriarcal, esa violencia política contra las mujeres ha sido un obstáculo para el ejercicio de los derechos políticoelectorales de las mujeres, manifestándose cada vez más la violencia, por lo que ha sido necesario revisar el marco legal con la finalidad de combatir esa violencia política en contra del género femenino.
En materia legislativa, respecto al marco normativo de violencia política contra las mujeres en razón de género, ha sido largo en nuestro país. El primer antecedente legislativo se tiene en la propuesta presentada por el grupo parlamentario del PRI en el año de 2012, iniciativa que fue desechada por el Pleno del Senado, esto debido a la abrogación del entonces Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; posteriormente, varias iniciativas en la materia fueron discutidas tanto por la Cámara de Diputados, como por la Cámara de Senadores.
Fue hasta la LXIV legislatura cuando se aprobó un nuevo dictamen derivado de diversas iniciativas promovidas por legisladoras y legisladores en donde aprobaron modificaciones en marzo de 2020 y es en fecha 30 de abril, en ese mismo año, en que el Diario Oficial de la Federación publica el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a ocho ordenamientos legales en materia de violencia política contra las
política de género consiste en toda acción u omisión dirigida a una mujer por el hecho de ser mujer, que obstaculiza o anula el reconocimiento goce y/o ejercicio de sus derechos políticos electorales o en el ejercicio de su encargo.
Con base en esta ley normativa, las entidades federativas han emprendido acciones legales estatales a fin de proteger al género femenino de violencia política y así avanzar en la protección de los derechos políticos de la mujer.
mujeres en razón de género, estableciéndose un ordenamiento normativo en el diseño e instrumentación de mecanismos y acciones para prevenir, atender, sancionar y erradicar toda conducta asociada a la violencia política contra las mujeres en razón de género.
Es de considerarse que la ley respectiva constituye un avance para garantizar que las mujeres estén en posibilidad de ejercer sus derechos electorales y políticos en igualdad de condiciones que los hombres y que se desarrollen en un estado libre de violencia en todo lo que son espacios públicos y privados y de esta manera hacer posible la democracia en igualdad de género y sin violencia.
Con base en esta ley normativa, las entidades federativas han emprendido acciones legales estatales a fin de proteger al género femenino de violencia política y así avanzar en la protección de los derechos políticos de la mujer. En este sentido, el Instituto Nacional Electoral (INE) ha publicado la obra denominada “La Reforma en Materia de Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género y su homologación a nivel local Avances y Desafíos”, en este trabajo se detallan los avances en la materia en cada una de las 32 entidades federativas, obra que puede ser consultada en las Juntas Distritales del INE.